Pregunta sobre indemnización

Muchos saludos,
Quisiera preguntarle lo siguiente.
Tengo 4 tiendas de ropa en distintas localidades y quisiera cerrar una, en la cual hay una persona con contrato indefinido.
La pregunta es la siguiente: tengo que pagarle una indemnización a esta persona o no, a parte claro del finiquito.(No puedo recolocarla en ninguna otra tienda).
Muchas gracias por su amabilidad.
Se despide atentamente.
Miquel P.

1 Respuesta

Respuesta
1
Te comento:
Según el art 52 del ET se puede despedir a un trabajador por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, Se entenderá que concurren las causas a que se refiere el presente artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya, si las aducidas son económicas, a superar una situación económica negativa de la empresa o, si son técnicas, organizativas o de producción, a garantizar la viabilidad futura de la empresa y del empleo en la misma a través de una más adecuada organización de los recursos.
En ese caso, el trabajador, en el momento de la extinción, tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
Si este despido se reclamara y posteriormente se declarara improcedente, a usted le quedarían dos opciones, readmitir al trabajador o indemnizarlo con 45 días por año de trabajo con un máximo de 42 mensualidades.
Mi consejo es que, vista la situación, este despido, si el trabajador reclama, se va a considerar improcedente, por lo que usted, para ahorrarse los salarios de tramitación, deberá consignar la indemnización de 45 días en el juzgado antes de 48 horas desde el despido.
Otra posibilidad es que este trabajador tenga un contrato indefinido para el fomento de la contratación laboral, por lo que entonces, en caso de despido improcedente, le corresponderían 33 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, en lugar de los 45 días.
Resumiendo, seguro que tendrás que indemnizarlo, la diferencia esta en la causa de despido que alegues, la cual siempre es recurrible, y seguramente la ganara el trabajador, por lo que tendrás que indemnizarlo con 45 días por año trabajado.
Si tienes más dudas sobre la causa de despido o alguna otra cosa

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas