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¿Se pueden realizar vacaciones estando de baja?

Experto:
Usuario:
Fecha: 24/07/2009
Valoración: Categoría: Derecho Laboral
19/07/2009
r2dedos2, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Hola,
mi pareja lleva 4 meses de baja. Su dolencia es en el nervio de un brazo a causa de un traumatismo, lo que le causa dolores al utilizar la mano derecha, siendo ella diestra. Esos dolores no le impiden realizar vida prácticamente; normal pero le es complicado realizar tareas comunes propias de su trabajo (es administrativa-recepcionista), como por ejemplo escribir a mano o con teclado informático.
Una amiga con conocimientos en este tema nos ha comentado que, dependiendo del convenio, es posible, aún en su estado, realizar vacaciones (es decir, viajes lejanos y de varios días) al no estar afectada por un problema de movilidad.
Hemos consultado su convenio colectivo de oficinas y despachos de Catalunya (trabaja en Barcelona), tanto el más reciente (2008-2011) como el anterior (2004-2007) y no se indica nada al respecto.
¿Podría usted confirmarnos si la afirmación de la amiga es correcta, y si lo es, dónde consultar esa información?
Muchas gracias.
20/07/2009
r2dedos2, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
1) Estando de baja, no pierdes tus vacaciones. Es decir, las coges dentro del año., una vez te de el alta medica.
2) Por ello, mires donde mires, no hay convenio donde ponga nada de lo que vuestra amiga entendida os ha dicho.
3) Otra cosa es que estando de baja, te vayas de vacaciones, y se le ocurra al inspector de trabajo, requerir tu presencia.
24/07/2009
r2dedos2, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Por el momento, después de más de 4 meses que lleva de baja, no le ha llamado ningún inspector de trabajo. Lo que sí debe hacer es presentarse en unas fechas concretas en la mutua de su trabajo con los informes médicos para que evalúen cómo está. Entiendo que te refieres a eso cuando dices lo del inspector de trabajo, ¿no?
Gracias por tu ayuda.
24/07/2009
r2dedos2, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Puede requerir la presencia de tu amiga, tanto la mutua como el inspector de trabajo, el cual puede ser llamado directamente por la misma mutua o por la empresa.
Finaliza y puntua, en caso de que no tengas mas preguntas.
Gracias
24/07/2009
r2dedos2, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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