Tiempo entre exámenes oposición.

Dixen_eu tengo entendido que el periodo entre examen y examen de una oposición (ejem: policía local), es de un mínimo de 5 y un máximo de 40 días. Yo hay exámenes que e tenido que esperar más de 90 días, ¿esto puede ser motivo para plantear un recurso contencioso-administrativo? ¿U otro?

1 respuesta

Respuesta
1

Las normas reguladores de cada oposición son las que están contenidas en la convocatoria de la misma. No existe ningún plazo, ya que de conformidad con el art. 22 y ss de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada profusamente por Ley 4/1999, de 13 de enero, se establece el régimen jurídico de los órganos colegiados y donde sí lo regula es respecto al número de miembros que han de estar presentes para considerarse válidamente constituidos.

No obstante, si usted a la vistas de dichas normas reguladoras, considera que se han podido transgredir los derechos de los opositores, puede presentar un escrito impugnando la celebración de las distintas pruebas con la cadencia que usted señala.

Ruego cierre y valore

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas