¿Quién decide si una denuncia es por lo penal o por juicio de faltas?

Me han puesto una denuncia por sms a un móvil y según me ha contado la denunciante ya que me llamo por teléfono para decírmelo, me ha dicho que la policía lo ha metido directamente por lo penal. ¿Puede ser esto cierto o es para meterme miedo? En los sms no la insulto ni nada en ningún momento y en un de los mensajes hago un comentario de que cuando va a dejar a los niños al colegio. Y me ha dicho ella que la policía al ver que puse algo de menores que lo han metido por lo penal. Pero yo en ningún momento me refiero a nada de menores si no a algo que hace ella cuando va dejar los hijos al colegio.

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Cuando la policía accede a coger una denuncia es porque advierten algún carácter penal, ya sea leve o grave. En función de las averiguaciones que lleven a cabo decidirán (según el Código Penal) qué trámite inicial la dan (denuncia normal, juicio rápido...). Seguidamente presentan esos atestados ante el Juez de Guardia. Pero con independencia de todo lo anterior, es el Juez de Guardia quien toma la decisión de dar a esos atestados el trámite de juicio de faltas, de diligencias previas, de archivarlo, de inhibirlo...

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