Reglamento autoescuela

Soy profesor y director de autoescuela. Mis abligaciones tanto por un lado como por otro vienen recogidas en el art. 7 y 9 del vigente reglamento de autoescuelas R.D. 1295/2003.
Me sanciona la Jefatura P. Tráfico de Sevilla, por infringir el art. 40 de dicho reglamento: No custodiar y conservar en el centro al menos durante 2 años, a partir de la fecha en que el alumno dejo de serlo, sus fichas de clases teóricas, prácticas y de actitudes... De los alumnos declarados aptos.
En principio tenia 2 multas, una por cada sección (oficina) de la misma autoescuela. Hice mi escrito de alegaciones y me han vuelto a mandar una. No la contestación a mi escrito de alegaciones, sino la misma multa otra vez. Ahora me dan un mes para el recurso de "Reposición".
Pregunta: ¿Es qué corresponden al profesor o al director (ya que no me dicen en calidad de que se me atribuyen tales obligaciones)...el custodiar y conservas los documentos de la autoescuela?
¿Puede, o tiene forma física el profesor o director de custodiar los documentos de una autoescuela?

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En nuestra opinión estas obligaciones corresponden al director de la autoescuela, que es el responsable de custodiar la documentación. La documentación se ha de custodiar en las instalaciones de la autoescuela y es responsabilidad del director que así sea. Tenemos amplia experiencia y conocimientos de este sector.
Dependiendo de la personalidad jurídica de la autoescuela (persona física o sociedad) las obligaciones de custodia de la documentación para temas fiscales, por ejemplo, corresponderían al titular o al administrador o secretario del consejo de administración. Pero la documentación de trafico, le corresponde al director de la autoescuela.
Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie el tema y le ayude con la redacción de posibles recursos... Es muy normal, que se manden de forma automática escritos antes de la contestación de las alegaciones... pero debería hablar directamente con los responsables de su expediente, para ver la situación exacta del expediente.
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