Usufructo y derechos de herencia

A un viudo por testamento se le otorga el usufructo vitalicio de una vivienda .

A parte de eso tiene derecho a algo mas del resto del testamento aunque el heredero sea el hijo ¿Por el hecho de ser el viudo? La edad del viudo es 56 años

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No es como usted no escenifica. Al cónyuge supérstite de conformidad con el art.834 del Código Civil, si concurre con hijos o descendientes en el reparto de la herencia, tiene derecho al usufructo del tercio destinado a mejora, no hace falta que el testador se lo conceda porque se lo da la Ley.

También le corresponde en pleno dominio el 50% del caudal correspondiente de la disolución de la sociedad de gananciales del matrimonio por fallecimiento del cónyuge.

El o los hijos son herederos forzosos tal y como establece el art. 807 del citado Texto Normativo.

Ruego cierre y valaore

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