Mi cuñada no me deja ver a mi sobrina

Mi hermano vive (en estado de sumisión y terror...) con una enferma peligrosa pero no diagnosticada, con continuos ataques de histeria si no se hace al pie de la letra lo que ella dicta, evidentemente se buscó a alguien dócil sumiso y amante de la paz para ponerse el letrero de mujer dignamente casada,

Por supuesto lo primero que hizo es separarle de toda mi familia, mis ancianos padres apenas ven 2 o 3 días al año navidad, cumpleaños y reyes, a la niña que tiene 7 años,

A mi ahora me amenaza si quiero ver a la niña, y mis padres y hermano como la tienen miedo, ni mu...

El motivo es desconocido, cualquier mínima mirada de desaprobación ha bastado para prohibir que yo pueda ver mas a mi sobrina.

------- Las descripciones que le hago supongo están de mas en justicia, solo las he comentado para poner en situación, y soy practica, solo quiero saber si dado que mi hermano está supeditada a sus decisiones (baste decir que si el se muere de calor si ella no abre la ventana el no se atreve a abrirla...) el por supuesto querría que nosotros la viéramos sin problema pero si no se atreve ni a sacar la basura sin su permiso menos capacidad tiene de traernos a la niña.

La pregunta... Legalmente y aunque no estén separados, ¿tengo algún derecho como tía a ver a mi sobrina? Los abuelos creo que si,

(Por supuesto vive bajo amenazas constantes por eso nunca se´separara... Si a mi me amenaza, ¿cómo puedo presentarlo ante la guardia civil?

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El código civil dice que no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados, entre los que se encontraría usted como tía.

Es decir, que legalmente puede reclamar un régimen de visitas. Para ello deberá contar con abogado y procurador.


Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

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Paso exactamente lo mismo... y no sé dónde dirigirme... no puedo creer haya personas con tanta malicia así... algo seguro debemos hacer... no nos pueden prohibir ver a nuestros sobrinos...

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El articulo 160.2 del codigo civil dice

“2. No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados.

En caso de oposición, el Juez, a petición del menor, hermanos, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre hermanos, y entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores.”

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Es increíble que una bruja pueda hacer esto a toda una familia, sin haber motivos, y solo porque a ella se le cruzan los cables de inseguridad y celos que se la comen si ve que su hija (mi sobrina) se lo pasa bien conmigo. Es una enferma peligrosa, claro está, pero yo quiero ver a mi sobrina, que es un encanto.

Hacer eso con un hijo es un crimen. Y los planchabragas de mis familiares a tragar, por no querer salir de su zona de confort cobarde, carácter que han afianzado durante años, haciendo de esta una familia absolutamente disfuncional. Por suerte, ya salí de ese ambiente tóxico y aprendí a reclamar lo mío.

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