¿Es posible vender un bien inmueble indiviso si uno de los copropietarios no quiere vender?

La propiedad de un bien inmueble indiviso e indivisible horizontalmente es compartida por cinco copropietarios madrileños. Uno de los propietarios posee el 50% del inmueble mientras que los otro cuatro copropietarios se dividen el 50% restante y quisieran poner a la venta la propiedad. Sin embargo el primero, con un 50 % de la propiedad, no quiere deshacerse del inmueble.

¿Puede obligarse a la venta del inmueble al propietario que no quiere deshacerse del mismo? ¿Puede obligarse a mantener la propiedad del inmueble a los propietarios que quisieran ponerlo a la venta? ¿Cómo se articularia una eventual venta?

2 respuestas

Respuesta
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El Código Civil establece que cuando en una comunidad (el inmueble), uno de los comuneros (o varios como en su caso) quieren proceder a la venta del mismo, el resto no puede negarse, debiendo procederse a la división de la cosa común. Es decir, que el Código Civil le da la razón a usted y sus hermanos. El hermano que no quiere proceder a la venta poco tiene que hacer. Ante este supuesto, cabrían dos opciones:

1. Que el bien se venda y se reparta el dinero de la misma entre los 5 hermanos o

2. Que el hermano que no quiere deshacerse del bien compre el 50% de la casa que no es de su propiedad a los 4 hermanos restantes.

Por tanto, en respuesta a sus cuestiones, decirle que:

1. Sí, puede obligarse a la venta del inmueble al copropietario que no quiere deshacerse del mismo. Así lo permite el Código Civil. También se puede, como le comentaba, que el hermano que no quiere deshacerse del inmueble les compre a los otro 4 hermanos el 50% restante.

2. No. No hacen falta que sean 4 hermanos los que quieren vender. Con que uno solo quisiera, se tiene que proceder a la extinción del condominio y venta del inmueble.

3. La forma de articular la venta, grosso modo, es la siguiente:

a) Intento de negociación con el que no quiere vender.

Si hay acuerdo, se valora la casa por un perito tercero e imparcial y se pone a la venta.

Si no hay acuerdo, se interpone demanda.

b) En la demanda se solicita la división de la cosa común con su venta en pública subasta donde se admiten licitadores extraños. Tras la venta del inmueble, se reparte el precio entre los hermanos.

A priori por lo que usted comenta, tienen todo a su favor. No dude en contactarnos a través de nuestra web www.lariosabogados.es o a través del teléfono o email que figuran en ella y le atenderemos y daremos presupuesto sin ningún compromiso.

Respuesta

Por si os sirve de ayuda yo contacté con un grupo muy serio que me solucionó el tema de un piso que tenia juntamente con mi hermana,

No había forma de poder entenderme con ella, se negaba a todo.. Pues gracias a ellos rentabilizé el 50% que yo tenia, y a día de hoy estoy muy contenta. Os dejo su numero de contacto por si os puede interesar hablar con ellos, .

Es el 638769242 (creo recordar que se llamaba Pedro).

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