En vez de despedirme me hacen la vida imposible para que me vaya

Trabajo como encargada en una zapatería durante 3 años y 3 meses. En mi contrato especifican que me obligo además de realizar mi jornada (40 h) a hacer todas aquellas horas extraordinarias que sean necesarias respetando los límites máximos (¿son 80?), sin que me las paguen, claro. Lo que me preocupa es que el centro comercial donde trabajo abre todos los domingos y festivos del año y solo me permiten tener un fin de semana libre al mes, ¿estoy obligada a trabajar todos los domingos y festivos? Es que mi jefa me obliga, igual que a trabajar 17 horas un día de inventario sin devolverme las horas ni pagarlas, trabajo festivos que tampoco me pagan ni compensan, cuando revisa los horarios que hago se toma la libertad de cambiarlos y de quitarme días libres sin motivo... Me está haciendo la vida imposible para que me vaya, llevo meses con tratamiento de diazepam porque me provoca ansiedad y ya no sé si hablar con mi médico y me dé la baja o irme sin nada...

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Estimada Dunia,

Práctica muy habitual lamentablemente esa de hacer la vida imposible al trabajador para que pida su baja voluntaria y evitarse la empresa tanto el finiquito como indemnización alguna.

Efectivamente el número máximo de horas extras al año son 80.

Efectivamente las horas extras deben ser abonadas como tales, como complemento salarial.

En su caso, se debería interponer, de entrada, denuncia ante la Inspección de Trabajo, mecanismo económico y seguro para que a la empresa se le sanciones por cuantas infracciones comete.

Además, se deberían iniciar las acciones legales oportunas ante el mobbing o acoso laboral que usted sufre en su puesto de trabajo de manera injusta e injustificada.

Sepa usted que el acoso laboral y el stress derivado de este es considerado por la jurisprudencia como accidente laboral, lo cual es más beneficioso que la enfermedad común a efectos de baja.

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Consúltenos sin compromiso en nuestra web y de manera gratuita.

Saludos cordiales

Larios Abogados

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Muchas gracias. Entonces eso que pone en mi contrato que mis extra no se pagan y que me hagan trabajar tantos festivos sin compensación? Nada de eso es legal?

Efectivamente, es ilegal. Un contrato de trabajo es un contrato entre empresa y usted, con el "agravante" de que quien lo redacta es la empresa y puede tratar de meter cláusulas abusivas, por si "cuela" y el trabajador firma, ya sea por no darse cuenta, por no saberlo o por necesidad económica. Pero por encima del contrato de trabajo está el convenio colectivo y el Estatuto de los Trabajadores, que son los que sirven de encauzamiento para los contratos, de modo por ejemplo que si el Estatuto de los Trabajadores dice que no se pueden realizar más de 80 horas extras al año, no se podrán realizar más de 80 horas extras al año. O como si por ejemplo un niño de 11 años firma un contrato de trabajo en una cafetería. Por muy firmado que esté, este contrato no es válido porque la Ley prohíbe trabajar a un niño de 11 años.

Y al igual que la Ley dice que no se pueden realizar más de 80 horas extras al año, la misma ley al respecto señala también algunos extremos que le van a hacer verlo claro (art. 35 ET):

* Son horas extras todas aquellas horas de trabajo que se realicen por encima de la jornada de trabajo pactada en contrato. (Art. 35.1 ET)

* Las horas extras deberán abonarse en cantidad que se pacte que, en ningún caso, podrá ser inferior al valor de una hora ordinaria de trabajo. (Art. 35.1 ET)

* El número máximo de horas extras al año es 80 (art. 35.2 ET)

* La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria (art. 35.4 ET)

Y el hecho de que le hagan trabajar en festivos sin compensación ya es el remate. No es necesario irnos a los días festivos. Si no tiene cabida trabajar sin compensación, menos cabida tendrá que se trabaje sin compensación un día festivo.

El hecho de que "revise" los calendarios y los cambie a su antojo es, ni más ni menos, para evitar que usted pueda demostrar que ha realizado esas horas que efectivamente ha realizado, lo cual es un fraude en toda regla. Ese calendario es la mayor prueba que tiene usted para demostrar que esas horas de trabajo han sido realizadas.

Muchísimas gracias por su ayuda. Ya empezaba a pensar que me quejo demasiado... Pues están muchos compañeros de otras provincias igual, pensando que no hay solución. Lo primero, haré un cómputo de mis horas trabajadas y me llevaré los horarios originales como prueba.

Saludos.

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