Vivienda/oficina

Buenos días
Vivo en Barcelona en una casa de pisos en la cual hay una oficina en el 2º que tiene mucho movimiento de gente todo el día arriba y abajo... ¿Hay alguna normativa por la cuál no se pueda tener un negocio en una casa/vivienda de pisos? ¿Hay algún limite en la cantidad de personas que pueden acceder a esa oficina? ¿Algún horario limitado?
Gracias

2 respuestas

Respuesta
1
Respondiendo por orden a sus preguntas:
1.- La comunidad de propietarios es la que regula si se pueden tener o no negocios en determinadas viviendas. Consulte los estatutos de la misma y el documento e división horizontal del inmueble, en donde encontrará respuesta.
2.- El límite de personas que pueden estar "al mismo tiempo" dentro del local se denomina "aforo", y lo determina el Ayuntamiento correspondiente al expedir la licencia de actividad económica. Puede consultar en el Ayuntamiento las condiciones de la licencia de ese local en concreto.
3.- Igual que el punto 2.
Suerte.
Respuesta
1
Lo primero que tiene que hacer es acercarse al Ayuntamiento a fin de que le informen si esa oficina tiene licencia de apertura y actividad, solo a los que cumplan la normativa local sobre apertura se le da estas licencias, sin ellas no pueden empezar la actividad
La normativa sobre ruidos y molestias viene regulada en cada Ayuntamiento, puede acceder a la Web de su ayuntamiento y localizar las ordenanzas sobre convivencia, sobre actividad y comprobar los límites a este tipo de molestias a fin de poder denunciar si se sobrepasan

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas