Indemnización por accidente

Buenas tardes, según he estado viendo, la indemnización por accidente de tráfico, depende entre otras cosas de los días impeditivos y no impeditivos

Por lo que veo sería necesario un informe en el que pusiera los días impeditivos......

¿quien hace ese informe? Los médicos  que me ven a raíz del accidente o vale con mi médico de cabecera?

Ya he pasado por el traumatólogo, ahora me toca por el médico rehabilitador ( ya que es cervical, dorsal, lumbar, brazo y pierna)

Se considera impeditivo no poder hacer tu vida normal, y necesitar ayuda para casi todo aunque no estés trabajando?

Gracias anticipadas.

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Impeditivos son los días que está impedido -de ahí su nombre- y como consecuencia de ello, no puede acudir a su trabajo.

Hasta que el médico de la aseguradora le vea, por razones obvias quien le ha de certificar si está o no para prestar a sus cometidos en su empresa, será en un primer momento el médico del hospital o clínica donde le trasladaron si hizo falta o el médico de cabecera que es quien le extiende las bajas laborales.

Ruego cierre y valore

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