|
Muchas preguntas así que intentaré responder a todas. Si el piso va a ser vuestra vivienda habitual podreis deduciros en la declaración de IRPF los capitales invertidos que excedan la cifra por la que os desgravasteis en el anterior piso. Es decir, si por el anterior piso os desgravasteis 15 millones, los primeros años hasta que hayais completado esos 15 millones no os podeis desgravar. O dicho de otra forma, de los 40 millones sólo os podeis desgravar por 25 millones.
Podeis pedir los 40 millones de hipoteca e incluso más para pagar gastos, siempre y cuando lo autorice el banco y la tasación cubra ese importe. Piensa que los bancos conceden hipotecas sobre el 70-80 % de tasación.
Y respecto a los pagos y gastos son los habituales en cualquier compra de piso con hipoteca: el precio, gastos de notaria y registro, pago de impuesto de transmisiones y comisíones del banco y pago de gestoría.
Si necesitases aclaraciones adicionales, contacta conmigo.
|