Rescisión

Hola colega, tengo un problema, lo que pasa es que voy a rescindir a un trabajador por haber incurrido en la causal de la fracción XI del
artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, ¿qué prestaciones le debo de pagar? Esta persona gana 53 pesos diarios y tiene 6 años de antigüedad, necesito esta información para este domingo si te es posible, por favor, ayudame ¿Si?, mira, ya tengo en mi poder un acta administrativa firmada por él y dos testigos donde se acredita la causal que invoco, y no me quiso firmar la rescisión, por eso la
tengo que presentar a la Junta de Colciliación, ¿me podrías ayudar?

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Tienes que pagar la parte proporcional de cada una de las prestaciones de ley, lo que te recomiendo es que acudas a la junta, tienes cinco días, para hacerles saber que no quiso firmar y para que ellos le hagan la notificación correspondiente mediante un actuario, y ya ellos te citan para que le liquides su finiquito, no tengo a la mano mi tabla de prestaciones, si te comunicas por este medio conmigo, con gusto te digo que más aparte de las partes proporcionales le corresponden.
Si tienes mesanger, te veo en línea, mi dirección es: [email protected]
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Si es rescisión (por causas imputables al trabajador) sólo le debes sus proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
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Pero debo aclararte que vivo en Venezuela y no conozco las leyes laborales de tu país, de todas formas mi especilización es derecho penal y derecho procesal penal, para cualquier otra consulta con mucho gusto te ayudaría, pero en esta me veo incapacitado para responderla... lo siento.
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No llevo Derecho Laboral y, además, sólo conozco el derecho español.

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