No respetar las señales de los agentes. Matrícula incorrecta

He recibido en mi domicilio dos sanciones de Tráfico:
1ª"No respetar las señales de los agentes de la autoridad que regulan la circulación. Desobedece las señales acústicas y luminosas del vehículo oficial para detenerse, haciendo caso omiso a las mismas continuando la huida por una pista forestal.
En los datos del vehículo figura la matrícula xxxx cuando realmente ese vehículo (moto) y esa matrícula no existían hasta 2 semanas después que fue dado de alta en Tráfico. Por tanto la matrícula que facilitan no pudo ser tomada porque aún no existía.
La multa supone identificar al conductor 6ptos y 150 €. ¿Es posible recurrir alegando que han debido coger mal la matrícula ya que la matricula aún no figuraba en Tráfico.
2ª Además de esta multa me llegó otra del mismo día y hora por:"Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura e identificación. -Inexistencia de placas de matrícula, se anota el número de bastidor"
Esta sanción contradice a la anterior ya que si me paran y cogen el bastidor, entonces no se hace caso omiso de las señales de la autoridad y deben identificar al conductor y darle la sanción en mano. Importe 200 €
¿Qué debo hacer? ¿Cómo recurrir? Están vinculadas las sanciones o son independientes; es decir si pago la 2ª, puedo recurrir la primera.

1 Respuesta

Respuesta
1
Su conjetura a la segunda sanción, no la comparto.
¿A usted le han parado conduciendo una motocicleta cuyas placas estaban semi ocultas o que presentan obstáculos para su lectura, o no?, porque parece que elude usted entrar en ese asunto.
Respecto a la segunda sanción, no me han parado en ningún momento. Es cierto que la motocicleta "de campo" circulaba sin matrícula desde la gasolinera hasta casa (500 mts) ni nada que la pueda identificar, ya que solo rueda en una finca privada. En ese trayecto deje la documentación olvidada en la gasoilnera sobre el surtidor y así obtuvieron (policía) el bastidor, mi documentación y directamente se limitaron a denunciarme sin más.
Difícil lo tiene, porque si ha estado repostando en la gasolinera quiere decir que el vehículo estuvo allí y carecía del preceptivo permiso de circulación, para la Ley da igual que la distancia sean 500 metros como kilómetros.
Tendrá usted que sopesar qué le compensa más si abonar la sanción o enfrentarse a un expediente sancionador que le puede acarrear mas de un dolor de cabeza.
Respondiendo a sus preguntas, las sanciones son independientes una de la otra.
Le recuerdo que la carga de la prueba recae en usted y que los agentes de la Autoridad tienen la presunción de veracidad, por lo que tendrá que demostrar que lo que se indica en el boletín de denuncia con algún elemento de prueba.
Ruego cierre y valore

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas