Inclusión en RAE

Mi pregunta es mas bien corta. Me han incluido en el RAE y en BADEXCUG, pero no me han comunicado nada mediante correo o carta certificada. ¿Esto es correcta? ¿Puedo denunciar por vulnerar la ley de protección de datos al no pedir autorización para ceder mis datos? ¿Hay algún plazo obligatorio a cumplir entre la deuda y la inclusión de datos?

2 respuestas

Respuesta
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A usted los ficheros, le habrán intentado notificar a la dirección que les facilitara el deudor... El deudor puede ceder estos datos, si usted tiene una deuda con ellos... ademas, en la mayoría de contratos se hace referencia a esto... aunque con las ultimas sentencias, ni siquiera es necesario...

En cuanto hay una deuda, se le puede incluir y para salir, lo único que puede hacer es pagar y solicitar la baja por la cancelación de la deuda.

Agradecemos valoración de la respuesta.

Respuesta
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Si usted tiene una deuda impagada y reclamada formalmente, la empresa acreedora puede incluirle en el RAI y en BADEXCUG, sin tener que solicitarle ninguna autorización, porque así lo establece la normativa vigente.

Ruego cierre y valore.

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