Traspaso de negocio y alquiler de local.

Tengo pensado coger un traspaso de un negocio. El local que tiene el traspasante no es propiedad. Está alquilado. Al yo adquirir los derechos del traspaso del negocio, ¿me subrogo en el contrato de alquiler del local?, dicho de otro modo, si el traspasante tiene un contrato de alquiler sobre el local firmado por 10 años de los que han transcurrido 6 y unas determinadas cláusulas, ¿quiere decir que yo ocupo su lugar al efectuar el traspaso quedándome sólo 4 años de alquiler y teniendo que respetar las clausulas estipuladas o tendría que realizar (por ley) un nuevo contrato de alquiler con el propietario del local?, independientemente de que se que las partes pueden pactar lo que quieran.

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Si el local del que va a coger el traspaso tiene un contrato de arrendamiento posterior al año de 1995 y por tanto se rige por las nueva ley de arrendamientos urbanos.(Vamos a partir de que es así y si no vuelva a realizarme la pregunta).
En este supuesto lo primero que tiene que hacer Vd es leer el contrato de arrendamiento de la persona que le va a hacer el traspaso y comprobar que no exista ninguna cláusula que prohíba hacer el traspaso o cesión de contrato porque en tal caso no sería posible el traspaso. Una vez hecho este paso si no hay ninguna clausula que lo impida sería de aplicación con carácter supletorio el artículo 32 de la ley de arrendamientos urbanos de 1994 y no sería necesario el consentimiento del arrendador para hacer el traspaso pero si que hay que comunicárselo en el plazo de un mes y el arrendador tendría derecho a una elevación de la renta del diez por 20 por ciento.
En el supuesto de que el arrendador fuese una sociedad que solo tuviese ese local tal vez le sería más conveniente comprar las acciones o particiones de la sociedad y se ahorraría el aumento del 20 por ciento.
En todo caso más allá de esta posibilidad Vd se subrogaría en la posición del anterior arrendador hasta la fecha en que venza el contrato(hasta los diez años9 con las mismas cláusulas salvo la renta que se aumentaría en ese 20 por ciento del que hablábamos.
En el supuesto de que el arrendamiento fuese anterior al año 1994 la respuesta sería diferente y me tendría que dar otros datos para poder contestarle.

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