Entrada en propiedad privada

En una casa de campo habitada, la cual se encuentra completamente cercada con pared, alambrada y barrera de entrada. ¿Comete algún delito o falta la persona que saltando la alambrada accede a dicha propiedad sin consentimiento del propietario?.

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Si comete un delito de allanamiento de morada al amparo del articulo 202 siempre que lo haga contra la voluntad de su morador:
Artículo 202.
1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.

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