Compraventa de terreno de padre a hijo

Mi padre tiene una parcela desde hace unos 26 años y al estar mayor y no poder ocuparse del mantenimiento ha decidido venderla. Mi mujer y yo hemos decidido comprarla, pero hemos llegado al acuerdo con mi padre de pagársela a cuotas como si de una hipoteca se tratara, con la gran ventaja de ahorrarnos todos los gastos e intereses.

La cuestión es que el valor de venta de la parcela es de 30000 euros, y yo me llegue a una notaria a informarme de los gastos que tendría el poner las escrituras a nuestro nombre y me dijo que un 8% del impuesto de transmisiones (Andalucia) mas notaria, unos 3450 euros mas o menos.

Fui a informarme a la Delegación Hacienda de la Junta y un señor empezó a sacar operaciones de compraventa de la zona donde esta la parcela y se puso a echar cuentas de "tantos metros de terreno a tanto, tantos de casa a tanto, tanto de porche a tanto, de piscina a tanto, y con unos baremos que tenia me dijo que tenia que escriturar por unos 67000 euros.

Yo le dije que me la vendía mi padre por 30000 euros, y me dijo que si me investigaban tendría que pagar el 8% de la diferencia, y que casi seguro que lo mirarían porque al ser de padre a hijo podían considerar la operación como una donación encubierta.

Allí todas las casas están construidas de forma ilegal, por lo que en la escrituras solo reza en terreno.

¿Qué pasos debo seguir para poner la parcela a nuestro nombre sin tener que pagar esa subida?

¿Es legal esta forma de compraventa a plazos entre particulares?

¿Podría hacer mientras vamos a notaria un contrato de compraventa entre particulares?

En caso afirmativo ¿tiene valor legal ese contrato particular?

Le ruego respuesta a todas mis dudas.

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En primer lugar, sí pueden hacer un contrato privado, si bien el mismo no tendrá validez frente a terceros ni se podrá inscribir en el registro.

Respecto a realizar una compraventa a plazos, también es perfectamente posible y completamente legal.

En cuanto al valor de la finca, efectivamente hacienda puede establecer los valores calculados de las fincas y en función de dicho valor calculado puede exigir el Impuesto de Transmisiones. Ustedes pueden alegar contra dicha valoración basándose en una tasación pericial contradictoria, pero sólo para el caso de que efectivamente la finca valga menos. Si le cobran menos por la casa por que es su padre, se puede entender efectivamente como una donación por el menor valor y el impuesto es superior.

La otra opción intermedia, es escriturar por los 30.000 euros pero liquidar el impuesto por el valor calculado.

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