Deuda privada de dinero

Una persona tiene una deuda conmigo de 4.300 €. Son transferencias hechas
en el 2009, 2010 y 2011, cuando esta persona no estaba trabajando y con las cantidades
que le pasaba iba tirando para acabar todos los meses.


Guardo todos los resguardos del banco donde hice los ingresos.


Dicha persona lleva trabajando 9 meses (sin contrato), aparte de seguir
cobrando los 426 € de ayuda social.


No tenemos ningún contrato privado firmado, sólo se hablo que cuando
empezara a trabajar iría pagando. A día de hoy no he recibido 1 € y esta
persona no quiere saber nada del tema.


Puedo saber más o menos el dinero que gana mensualmente y perfectamente ha
podido pagar todos los meses una cantidad, algo que no ha hecho nunca.


Llevo 4-5 meses intentando hablar del tema y ver las posibles soluciones
pero esta persona no ha demostrado el mínimo interés de su parte.


¿Sería más que suficiente con estos datos para ganar un juicio?, si no me
meto en esto veo que no cobro nada.


Las costas del juicio si se gana, ¿las pagaría la parte demandada?


¿La parte demandada si pierde no se hace cargo de las costas de mi abogado?


Yo llevo 3 años sin trabajar y sin ningún tipo de ingreso, ¿puedo solicitar
un abogado de oficio?, ¿pros y contras de contratar un abogado de oficio?


Gracias por la ayuda,


Miguel

7 respuestas

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Para poder acudir a la vía judicial necesitaría algún contrato que diga cuánto dinero le debe esta persona, porque el puede decir que ya le abonó el total con las transferencias a las que hace referencia.

Las cosas, si usted ganara las pagaría el contrario.

Puede solicitar un abogado de oficio, pero no sé si se lo asignarán.

En todo caso recomiendo que elija usted un abogado.

www.morazaylandaeta.es

Abogados y Asesores

Lo ideal es que tuviera un "reconocimiento de deuda ante notario", creo que lo llaman así. Como esta el tema es lo último que se le va a ocurrir a la otra parte.

Ahora la comunicación está imposible y yo después de 5 meses ya veo que tengo que buscar otro método para intentar el cobro.

Yo si tengo guardadas las transferencias pero la otra persona si que no tiene nada para decir que me ha ingresado 1 €. Aparte guardo e-mail y sms que me pide ayuda, dinero, . . .

Como anécdota puedo contar que tuvo en este tiempo un juicio con su ex porque apenas le pagaba la manutención de su hijo. En ese juicio su abogada se preocupó muy bien de sumar bien todo el dinero que yo le había prestado, argumentando en el juicio que le habían prestado dinero muchos meses una persona para que su clienta pudiera llegar a fin de mes. Yo creo que es algo a tener en cuenta. Ganó el juicio a su ex marido.

No entiendo su pregunta

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Efectivamente con la documentación que tiene podría interponer una reclamación dineraria, si bien, le recomiendo previo a ello mande un burofax de reclamación de la deuda. En cuanto a ganar o no el juicio, por lo que cuenta el tema parece claro, pero entenderá que al ir al Juzgado nunca se sabe cual va a ser la resolución. Lo habitual, es efectivamente que se impongan las costas a la parte vencida en el procedimiento. En cuanto a la posibilidad de solicitar abogado de oficio, le recomiendo acuda al Colegio de Abogados de su ciudad, donde le indicaran los requisitos necesarios para ello, en cuanto a los pros y las contras, no se decirle, un abogado de oficio, es un profesional igual que uno libre o de pago, como lo queramos llamar, que aparte de sus clientes propios, esta dado de alta en el turno, no tiene porque a ver diferencias entre solicitar un abogado de oficio o contratar a uno.

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No hay nada que hacer. Todos tenemos la idea de la Justicia como la de que existe un hombre bueno que va a escuchar a una persona va a valorar las pruebas, ver los ingresos que has hecho, en tu caso y va a decir, tiene Ud., toda la razón este otro le tiene que devolver lo que le ha dado. Pero no es así, ni mucho menos. Aun con un contrato o reconocimiento de deuda, sería difícil su cobro, pero algo similar no se va a dar porque antes de reconocerlo ahora, el deudor te lo pagaría y punto. Cuando haces esos préstamos amistosos, va incluida en la buena obra la renuncia al cobro, por definición, pues el otro siempre va a preferir renunciar a la amistad, antes que acceder al pago. Yo evito prestar, porque se que se va a romper la amistad, incluso aunque yo tenga intención de no pedírselo.
Abogado de oficio: no te lo ponen nada más que en juicios necesarios, como que seas reo de robo o similar. Por tu cuenta, aunque sea barato, no te compensa, pues no hay premisas objetivas para ganar el juicio. Costas: las vas ha pagar tú, incluso el abogado del otro Recuerda, no prestar a un amigo, pues pierdes dinero y amistad. Si un amigo te pide dinero, reflexiona bien cual de los dos quieres perder, si el amigo o el dinero. Ejercicio moral: haz un acto de estoicismo y mentalízate de que en nombre de la amistad o relación se lo has donado, incluso hazlo saber. Si hubiera otra posibilidad legal, te lo diría; el único camino posible para recuperar el dinero es convencerle. O como hago yo, en este país, ley de la selva.

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Creo que hay elementos de prueba suficientes aunque nunca se puede saber a ciencia cierta lo que va a pasar porque todo dependerá de lo que el Juez, en ultima instancia determine.

Las costas las pagará el demandado si pierde.

SI no tiene ingresos puede solicitar un abogado de oficio. Pros o contras no los hay, los abogados de oficio son iguales que los demás.


Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

Gracias por la ayuda.

¿En algún momento la parte demandada debe pagar los honorarios de mi abogado?. Me explico, si hay un juicio y gano yo creo que debo pagar la minuta de mi abogado.

Pero si la otra persona recurre o apela con un posible segundo juicio yo tendría que contar de nuevo con mi abogado con su consiguiente minuta. ¿siempre la pagaría yo aunque la parte demandada perdiera también la apelación de este posible segundo juicio?

Las costas sé que siempre las paga la parte perdedora pero la duda es también si en algún momento puede también que abonar la minuta de mi abogado.

Gracias,

Las costas, precisamente, incluyen la minuta de su abogado. Si apela y le desestiman la apelación, tendrá que pagar las costas de esa apelación (que vuelve a incluir los honorarios de su abogado).

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Por lo que comenta puede emprender acciones civiles por las cantidades que le presto, aportando los correos electrónicos de los que disponga, en un futuro ( aunque no creo que vuelva a pecar) cuando le preste dinero a una persona realice un contrato privado estipulando las condiciones en las que se compromete la otra parte a devolver el dinero, esto le ayudara enormemente ante un juicio, como le digo en principio tiene bastantes posibilidades de ganar.

Si sabe usted con certeza que esta persona obtiene ingresos en dinero negro, puede ( como usted lo vea ) denunciarle ante Hacienda y la Seguridad Social, inclusive ante el Inem, agradecerán toda la información que les pueda dar, esto se hace de forma anónima mediante un impreso que le entregaran en cualquier delegación, y si como dice esta cobrando ayuda social pondrán todo de su parte por meterle mano, pues la administración le reclama después todas las cantidades satisfechas.

Disculpe la demora en la respuesta.

Lo de hacer la denuncia si que se me ha pasado por la cabeza después de aguantar lo que estoy aguantando.

Lo que si había oído que este tipo de denuncias no pueden ser anónimas.

Me informaré de nuevo. No lo haré de momento pero si veo que sigue toreándome ya le informaré de lo que puedo hacer, hablando primero con el dueño del bar. Sabiendo las multas no creo que se arriesgue a que una inspección le meta un puro.

Gracias por la ayuda,

Las denuncias ante hacienda son anónimas, solo debe rellenar el formulario, ante Inem, SS, e Inspección de Trabajo ya lo desconozco, pero como forma de presión siempre puede recurrir a ellas. Cierre la pregunta para finalizarla y si le puedo asesorar en un futuro estaré encantado de hacerlo.

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Es una deuda vencida y exigible, por consiguiente dentro de la ley. Es más que suficiente, si usted acredita que le hizo dichas transferencias. Las costas del juicio se imponen en aplicación de la teoría del vencimiento objetivo.

Si usted reúne los requisitos para solicitar el beneficio de la justicia gratuita podrá solicitarla, el abogado que le defienda, si le conceden el beneficio, le defenderá igual que si le hubiera pagado usted, salvo que lo hace el Ministerio de Justicia a través de las Comunidades Autónomas.

Ruego cierre y valore

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No tienes ninguna razón para un juicio. Así como lo planteas, bien pudo ser un regalo tuyo a esa persona. No hay ninguna prueba, contrato, algo firmado, que diga que el te los debe.

Puedes denunciar, pero no tienes razón legal para hacerlo.

Gracias por la ayuda.

Te pongo un ejemplo de algo sucedido en este tiempo. Ella tuvo un juicio con su ex por la falta de pago en la manutención de su hijo. En ese juicio su abogada sumo bien todo el dinero que le había prestado en estos meses para que su clienta (mi futura demandada), llegara a fin de mes y lo facilitó en el juicio para beneficio de su clienta ¿esto no es algo a tener en cuenta?

Gracias,

Como ya te explique, de no tener un contrato donde diga que te debe ese dinero, no tienes forma de cobrarlo, ya que tu se lo has dado sin mas.

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