Reforma de la Constitución

Hola,
Si de acuerdo al art. 167.3 se solicita un referéndum para ratificar la aprobación de la reforma de la Constitución, qué sucedería si el resultado de dicho referéndum fuese contrario a la reforma.
Un saludo y muchas gracias

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El referemdum constitucional regulado en los art 167 y 168 tienen carácter vinculante a diferencia del consultivo previsto en el art 92

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