¿Vía penal o civil?

Una vez más acudo a su ayuda desinteresada (por la cual les doy las gracias de antemano) para preguntarles unas dudas,
Llevo ya 7 meses de baja por un accidente de tráfico. La denuncia fue interpuesta por un abogado familiar mío a finales del mes de noviembre. Posteriormente decidí acudir a un bufete especializado en accidentes, recomendados por un amigo.
Desde entonces, he tenido varias visitas con ellos y me surgen varias dudas para las cuales me gustaría consultar una segunda opinión:
- En estos 7 meses, aun no he recibido la citación para la revisión del forense. Mi abogado lo achaca a que el designado en un principio se jubiló, dejando la vacante abierta hasta después de semana santa, que es cuando incorporó el nuevo forense... ¿Les parece suficiente motivo como para que se demore taaaantisimo la citación del forense? ¿Es posible que tenga algún problema inesperado?
Para más inri, tampoco disponemos aun del atestado oficial. Yo hice la declaración en la policía bastante tarde, puesto que desconocía que debía hacerlo (pensaba que al presentar la denuncia era suficiente para que la reclamar el atestado se fuese derechito al juzgado), ¿Es esto también normal?
- En múltiples ocasiones y dado que mi baja está siendo tan prolongada y previsiblemente me quedarán secuelas (casi seguro, una rigidez incurable en un tobillo) mi abogado insiste en acudir por la vía civil y desestimar la pena, puesto que "perderemos mucho dinero por el camino", ¿Es esto cierto? ¿Es posible acudir al forense penal y si no nos convence los puntos acudir a la vía civil o ya sería demasiado tarde?
- Por último:... Dada mi prolongada baja, van a echarme de mi trabajo... ¿Es posible reclamar daños y perjuicios por la pérdida de mi empleo dado que la causa ha sido la baja y por lo tanto, el accidente?

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Respuesta
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Voy a intentar responderle una a una a sus preguntas:
1.- La tardanza se debe al Juzgado y al volumen de trabajo que tengan y no tanto a que el forense asignado se haya jubilado, ya que le darían cita con otro. No obstante, cada Juzgado trabaja de una forma y es posible que pase lo ha dicho su abogado. No debe tener problemas de ningún tipo por esto.
2.- Si quiere ver el atestado basta con que acuda al Juzgado y solicite ver copia del expediente judicial. No obstante, si la culpa está clara, no necesita ni ver el atestado.
3.- Normalmente, en la vía civil se consigue más indemnización, pero se demora muchísimo. Si acude al forense penal y no les beneficia su informe, puede acudir a la vía civil. El problema es que si se van después a la vía civil con un informe privado, la compañía contraria defenderá el informe forense a muerte. (El forense es un profesional objetivo).
4.- Entiendo que no puede reclamar nada por ese concepto, que ya se incluye en la indemnización que le den.

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