Proceso monitorio

Hola joseamart:
Tengo una persona que se ha ido del piso que le tenia alquilado y me debe rentas de alquiler y he pensado utilizar un monitorio para reclamarlas. Mi pregunta es, si voy a interponer un proceso monitorio y se opone al pago, tengo entendido que el juez dicta fecha para un juicio ordinario.
¿Antes el limite para asistir sin abogado eran 900?. Recientemente se ha reformado la ley 1/2000 y creo que ahora han aumentado la cantidad. ¿Esto es así? ¿2000?
Es que no estoy muy convencido de la solvencia de esta persona y no quiero perder más dinero por algo que creo que no voy a cobrar.
Saludos

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Efectivamente, a partir de mediados de este mes la cuantía para poder acudir sin abogado se ha elevado a 2.000 euros
Si esa persona presenta oposición se convocará fecha para juicio verbal, fijándose la fecha de la vista
Si no se opone ni paga el juzgado dictará auto despachando la ejecución con el que podría embargarle los bienes y cuentas (siempre que tenga claro)

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