Sentencia de la Audiencia Provincial- recl econom

Tengo una sentencia a mi favor por una reclamación económica. Al final dice:
"por esta nuestra sentencia definitiva contra la que no cabe recurso ordinario alguno que, fallando en grado de apelación, lo pronunciamos, mandamos y firmamos"
¿Significa esto que ya se acabó todo, que el contrario no puedo volver a recurrir?
Gracias de antemano
Un saludo

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Efectivamente, se dictó una Sentencia en el Juzgado, la Audiencia ha resuelto la apelación y ya no se puede recurrir más.
Ahora tienen que cumplir la sentencia, y si no lo hacen voluntariamente, tendrás que poner la demanda ejecutiva para embargar los bienes del la part condenada al pago.
Muchas gracias.
Se me olvidó preguntar que se le ha condenado en costas. ¿Qué tengo que hacer para que me devuelva el dinero que me ha costado el abogado y procurador?
Un saludo
Lo que se hace habitualmente es que tu Procurador le manda la cuenta de todo lo adeudado, principal, intereses y costas a la parte contraria, y si no lo paga voluntariamente es cuando se solicita la demanda ejecutiva y la tasación de costas a pagar por el condenado al pago.

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