Recursos administrativo

Tengo dudas de este supuesto
Para la ejecución de una obra de patrimonio histórico artistisco, el ayuntamiento de salamanca utiliza el concurso como forma de adjudicación del contrato. En el pliego de clausulas administrativas particulares sin incluyen de forma expresa que el órgano de contratación tendrá en cuenta para su adjudicación "los criterios basados en la experiencia profesional y los proyectos concretos realizados, así como cualquier otro criterio que la mesa de contratación considere de interés". En el acto de adjudicación fue notificado literalmente al resto de los licitadores el día 9 de enero de 2011.
Mis preguntas son
¿Qué recursos puedo interponer y con que plazos?
¿Qué argumentos debería incluir en defensa?
Si el órgano no resuelve en plazo legalmente establecido ¿Qué debería hacer?
Ante la denegación del recurso, ¿podría interponer otros recursos?
Como quedaría mi recurso ¿

2 Respuestas

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Depende de quien haya aprobado ese acto de adjudicación, si es el Ayuntamiento el recurso que procedería sería el contencioso administrativo (vía judicial), en todo caso en ese acto de adjudicación le indicarán si el mismo agota o no la vía administrativa y en función de ello los recursos que proceden
Si es un órgano inferior cabría recurso de alzada en el plazo de un mes
Para poder presentar el recurso que sea debe acceder al expediente administrativo y comprobar las actuaciones realizadas, si lo procedente es el de alzada debe dirigirse al ayuntamiento y que le exhiban y den copia de ese expediente, si procede el contencioso administrativo (para el que necesariamente necesita abogado) el proceso se inicia por escrito de interposición a continuación el juzgado reclama el expediente y se lo entrega y le da plazo a su abogado para presentar demanda
Si procede el de alzada, si en el plazo de 3 meses no resuelven se endiente desestimado para que acuda a la vía judicial en el plazo de 6 meses, si se resuelve de forma expresa el plazo para el contencioso administrativo es de 2 meses
Gracias por contestar tan rapido,
Y que tendría que poner en el recurso de alzada, ¿para qué el recurso me lo admitieran como estimado?
¿Con qué argumentos me podría defender?
Gracias
Sin estudiar el caso no puedo indicarle que debe alegar, es necesario el acceso al expediente administrativo
El recurso debe ser fundado en derecho, pero para ello es necesario conocer el contenido del expediente
Como le he comentado no puedo asegurarle tampoco que lo procedente sea el de alzada, pues si la resolución procede del Ayuntamiento en Pleno o del Alcalde lo procedente es la vía judicial
Lo mejor es que acuda a un abogado que evalúe primero que recurso procede y después pueda acceder al expediente administrativo para formular el recurso
Respuesta
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Esto es complicado, y tendría que estudiar toda la documentación un abogado, incluido el pliego... Para ver que tipo de recurso se presenta, generalmente Contencioso Administrativo... Pero con esa clausula, se suelen cubrir las espaldas y es difícil recurrir, al no basarse en hechos objetivos, sino subjetivos...
En cuanto al resto de cuestiones, depende del recurso presentado, que en ocasiones es uno de alegaciones, previo al Contencioso Administrativo... Si no le contestan, tendría que solicitar un certifricado de silencio administrativo, en este caso, creemos que negativo, para presentar el Contencioso...
Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie el asunto y le ayude con el trabajo.
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