Actitud en un juicio por hurto

Me ha tranquilizado mucho el leer en otros apartados del foro eso de "un mal día lo tiene cualquiera", y eso me paso a mi hace unas semanas. En un centro comercial voy a hacer otra compra, y paso por delante de una estantería de una prenda de unos 10 euros. Como no se si me viene, voy al probador, las pruebo y... Tentación!, me la llevo puesta, ... Error! Caigo en la tentación de no quitármela (maldita tentación en la que jamas había caído y caí esa vez). Me deshago del envase, pero alguien de la tienda lo encuentra sin yo saberlo (vacío obvio). Supongo que la empleada de la sección les da mi indicación por que había estado junto a esa estantería viendo prendas (sin estar segura, pues había cientos de personas). Estoy como media hora más por la tienda viendo productos, hago una compra por 85 euros que pago en caja convenientemente. Al salir muy discretamente me invitan a pasar al cuarto de seguridad, y me dicen que han encontrado el envase vacío, que si se algo, y que si llevo la prenda, no fui capaz de negarlo por no montar más lio, reconozco que si, y también mi error, entrego la prenda, que dejo sobre la mesa, me toman los datos, y me dicen que pondrán la denuncia en la guardia civil (me han confirmado que lo han hecho). Supongo que en ese cuartito de los guardias no debe haber cámaras y no deben tener grabadas mis declaraciones que duraron pocos minutos, alguno de ellos dedicado a reconocer mi estupidez (aunque había un guardia de seguridad después vino otro, supongo solo uno ira al juicio). En tono cordial aunque avergonzado, me despido y me voy.
Estas son mis preguntas:
1.- ¿Qué antecedentes quedaran en mi historial en los sistemas informáticos de justicia o policía?
2.- ¿He de tomar alguna medida especial, para que eso antecedentes se borren pasado un tiempo (solicitarlo por escrito, etc)?
3.- ¿Si la información permanece en algún lugar, puede restarme algún derecho respecto a otro ciudadano que nunca cometió hurto, ni delito?
4.- ¿Puede inhabilitarme en alguna manera para algo, para presentarme a una oposición, o para trabajos públicos para la administración, etc.?.
5.- Puesto que en realidad, la prenda yo la llevaba colocada en un uso normal, (pero no la vista, era prenda interior) (es decir no llevaba una encima de otra, ni escondidas, ni similar, ni se habían cortado etiquetas). ¿Tiene sentido alegar en el juicio (no lo hice ante el guardia ante el que reconocí el error) que las prendas ya las había comprado en otra tienda y que hacia un uso personal y normal de ellas?.
6.- ¿Si niego en el juicio lo que reconocí ante el guardia haber cogido las prendas, y alego que eran mías y que las había adquirido en otra tienda (buscando salir absuelto), sera mejor o peor?
7.- ¿Tiene mayor grado de credibilidad ante el juez la palabra del guardia de seguridad que la mía?
8.- Puesto que no hay pruebas.. (creo), ni creo que se molesten en preparar mucha cosa por 10 euros (enviaran al vigilante a declarar y poco más).. ¿tiene sentido negarlo todo, alegar que el envase vacío lo debió dejar otra persona, y que yo no tuve nada que ver.. . O eso empeora las cosas ante el juez, al ser totalmente contradictorio a la declaración del vigilante?.
9.- ¿He leído que a los 6 meses una condena de faltas por hurto menor desaparece ¿qué significa desaparece?.. ¿Desaparece cualquier rastro informático?... O si dentro de 20 años tengo un problema esa inofrmacion estará siempre en algún ordenador de justicia o guardia civil, ¿o policía para que alguien me la recuerde?

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1º Esos antecedentes puede borrarlos pasados 6 meses desde el pago de la multa
2º En este enlace tiene la información: http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?c=Documento&cid=1161677941104&pagename=Portal_del_ciudadano/Documento/TempDocumento
3º Una vez cancelados ya no constan en ningún sitio
4º No, esta multa no conllevaría inhabilitación para puesto publico
5º Puede intentar justificar cualquier alegación, el problema es que todo esto suelen tenerlo grabado en video (cuando cogió esa prenda)
6º Usted en juicio puede mentir, o no declarar, esto no repercutiría en la condena, tal vez pueda mostrar arrepentimiento para que el juez tenga más consideración a la hora de poner la multa
7º El que acusa debe demostrar los hechos, usted no debe demostrar su inocencia
8º Desconoce si hay grabación o no, probablemente la habrá
9º Como ya le he comentado una vez cancelados los antecedentes desaparecen y ya no se tendrán en cuenta

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