Ayuda por despido

Buenas Tardes Mi caso es bastante complicado por lo cual necesitaría un punto de vista para poder arreglar mi situación.
Trabajaba en una empresa desde hace 2 años y medio, en octubre tuve vacaciones del 1 al día 15, estando disfrutando las vacaciones me llega un mensaje de texto al móvil de la seguridad social adivirtiendome de que había sado de baja a efectos de día 7 de octubre, a la vez recibo un burofax advirtiéndome que tenia que ponerme en contacto con la empresa ya que me había apropiado indebidamente de una cantidad de dinero sino iba a ser denunciado. Al ponerme en contacto con la empresa me dan un plazo de unos días para resolver la situación, yo al no poder devolver la cantidad que se m exige pido más tiempo a lo cual la empresa interpone una denuncia contra mi ante el juzgado de lo penal una denuncia por apropiación y otra por estafa (manipulación de documentos) En ese momento nadie me habla de los papeles del despido y a día de hoy 16 de diciembre aun no los tengo ni se si la empresa me debe algo a mi o esta esperando a la vista del juicio que es dentro de un mes.
Mis preguntas son: Aun me deben algo habiéndome echado en vacaciones aun pudiendo ser procendente el despido, no tengo ni papeles de paro ni finiquito ni nada.
Por segundo la empresa me denuncia por una cantidad mayor a la que les debo que puedo hacer, y a estas alturas podría yo cargar contra la empresa en cuanto a denuncias a trabajo seguridad social o hacienda. Trabajaba 65 horas semanales asegurado 40 y cobrando algo en negro. Podría acabar con esa explotación por parte de la empresa hacia los trabajadores por otro lado o utilizarlo a mi favor de alguna manera.
Agradecería una respuesta Y muchas gracias

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En su caso hay diversas cuestiones:
1º Lo de la acusación contra usted por apropiación indebida y estafa, esto deberá tramitarse por el juzgado de lo penal y en ese proceso la empresa deberá demostrar los hechos de que se le acusan, así como la cuantía de la reclamación en caso de que usted no esté conforme con ella, será trabajo de su abogado (si la cuantía de lo apropiado excede de 400 euros se le nombrará de oficio si usted no lo nombra, esto no quiere decir que sea gratis, solo lo será si usted tiene derecho a asistencia jurídica gratuita) quien deba articular su defensa para obtener la menor condena posible o en su caso su absolución
2º El despido, que en este caso se ha producido y sus efectos son ya firmes al no haberse impugnado, hay un plazo de 20 días para impugnar un despido, si no le notificó la empresa carta de despido alegando las causas podría haber intentado un despido improcedente, pero para ello hay 20 días desde el despido
3º El finiquito, la empresa debe abonarle en el momento del despido las cantidades que le adeude por el último mes trabajado, las vacaciones no disfrutadas y la proporción de pagas extras que le deba, para reclamar esto tiene el plazo de 1 año de prescricpión
4º La posible denuncia a la empresa, si dispone de pruebas o tiene la posibilidad de demostrar a la Inspección de trabajo los hechos que afirma puede poner una denuncia ante la Inspección de Trabajo, para que ella de oficio proceda a realizar las comprobaciones oportunas y si considera acreditado esos hechos sancione a la empresa

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