Cuentas bancarias y defunción

Mi nombre es pilar y soy de barcelona capital, resulta que hace 20 años murió mi abuela, mi madre falleció antes (3 años) el caso es que a hora me entero que mi abuela tenia un dinero a plazo fijo creo que 3 millones de las antiguas pesetas y quisiera saber si todavía debe estar ese dinero en caja y como reclamarlo, mi abuela no hizo testamento, hay hijos de ella hay 4 hijos desaparecidos y 2 difuntos entre ellos mi madre.

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Se podría reclamar todavía. Lo que habría que hacer es en primer lugar acudir al banco y que éste emitiera un certificado. Con eso acudir al notario y proceder a la adjudicación de la herencia. Si ya se hubiera adjudicado en su momento, realizar una adición a la herencia.
Perdone mi torpeza, es que he entendido que si se puede reclamar, pero nunca ha habido ninguna adjudicación de ninguna herencia por que no había testamento y lo que había una tía mía se lo quedo todo pues estaba autorizada en todas las cuentas y en su momento no dijo que mi abuela había muerto al banco, yo entonces tenia 17 años y no entendía de esas cosas con el tiempo me he enterado de lo que sucedió.
Ha mi hermana y a mi nos corresponederia la parte de mi madre y un tercio de la de una tía mía que murió siendo muy joven y no tenia hijos y los demás hijos de mi abuela no aparecen ¿qué debo hacer? Le pido disculpas por ser tan pesada pero a hora mismo tanto mi hermana como yo estamos muy mal económicamente y me es difícil consultar con un abogado, en aquella época todos mis tíos mayorres se deshicieron de nosotros los más pequeños y nos dejaron solos yo era la mayor y tenia 17 años mi tía cojio todas las pertenencias de mi abuela y dinero en el banco, (menos ese plazo fijo) y se marcho y nunca supimos de ella.
Le agradezco sinceramente su paciencia y dedicación.
Un cordial saludo.
La respuesta sigue siendo la misma. Debe acudir al banco y después al notario a adjudicar ese bien (el plazo fijo). El notario le dirá la documentación que precisa para realizar tal adjudicación.
Disculpe he ido al banco y le he dicho lo que usted me aconsejo y me han dicho que eso solo lo puede pedir mi abogado que no estoy autorizada a obtener esa información y que el abogado hablaría con su fiscalista o algo si me dijo.
¿Es cierto eso?
¿Tendré qué coger un abogado? ¿Puedo coger uno de oficio? Estoy en paro.
Muchas gracias.
Obviamente, usted puede pedir la información, ya que usted es la interesada. Quien no estaría autorizado en algún caso sería el abogado salvo que acudiera con poderes, pero poderes que usted le haría. La información se la deben dar a usted.
Si se resisten, pues tendrá que coger abogado. En este caso deberá ser abogado particular.
Reciba un saludo.
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