Embargo de nómina por deuda ya pagada

En julio me reclamaron vía juzgado el pago de una deuda que tenía con un particular. Yo pagué en la cuenta que me dio el juzgado. La sorpresa llega ahora cuando me llega la nómina y veo que me han hecho una retención judicial por la misma cantidad. ¿Qué tengo que hacer para que me devuelvan mi dinero?

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Deberá presentar un escrito al juzgado justificando el pago de la deuda y solicitar el levantamiento del embargo al estar ya pagada la deuda
Cuando pagó debió presentar un escrito al juzgado comunicándole dicho ingreso
Muchas gracias por su ayuda. Entonces, una vez presentado el escrito, ¿me devolverán el dinero que me han descontado este mes en la nómina? ¿Cómo me harán esa devolución? Gracias otra vez
Efectivamente una vez acreditada que esa deuda está ya pagada, y que realizó el ingreso (aporte una copia del resguardo), se le reintegrará esa cantidad, si ha sido ya cobrada por el juzgado se le entregará un cheque
Si quiere acuda al juzgado a hablar con el funcionario que lleva el expediente para que tenga conocimiento de esto antes de presentar el escrito
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Debe presentar un escrito al Juzgado solicitando que le levanten el embargo acreditando que ha pagado la deuda y la devolución de las cantidades indebidamente retenidas.
A veces suele pasar esto y es un problema de comunicación entre funcionarios pero si no presenta el escrito hasta que se den cuenta le seguirán reteniendo.

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