¿Puedo pedir nacionalidad española?

Soy búlgara i resido en España desde año 2004. Tengo pareja español, sin contraer matrimonio y un hijo de dos años nacido en España. ¿Tengo derecho de pedir nacionalidad española?

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Los plazos de residencia legal necesarios para adquirir la nacionalidad española los determina el art 22 del código civil:
1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
2. Bastará el tiempo de residencia de un año para:
a) El que haya nacido en territorio español.
b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
e) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
3. En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición
Al no encontrarse entre los supuestos de 5, 2 y un año entiendo que necesita una residencia de 10 años, que habrá de ser legal y continuada, si contrae matrimonio la obtendría más fácilmente

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