Transferencia de fondos

Buenas noches, tengo una consulta, te expongo el caso a ver si me puedes ayudar, tengo que recibir próximamente un fondo de pensión del extranjero a mi cuenta personal aquí en España, lo que pasa es que tengo deudas tanto en bancos como en seg. Social y me preocupa que me embarguen ese dinero que voy a destinar para pagar la hipoteca...
Ese dinero según me comentaron tienen que transferirlo a una cuenta, no se puede cobrar en efectivo, ¿hay algo que pueda hacer al respecto para que no me quiten ese dinero?
Gracias.

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Los juzgados suelen tener información sobre las cuentas que tiene una persona en el año anterior, pero no sobre las que pueda tener en el año en que se le tengan que embargar. Puede probar con abrir una cuenta en un banco o caja en la que nunca haya sido cliente y en cuanto reciba la transferenca cancelar la cuenta.
Para la seg. ¿Social se aplica lo mismo? Según me informaron podían averiguar cuentas mediante datos de hacienda e informes patrimoniales...
Los juzgados suelen recibir información de Hacienda, ésta no tiene información actualizada, de hecho si usted le pide certificación sobre renta y patrimonio de una persona se la dará respecto a la que existe a fecha de 31 de diciembre de 2009, no respecto a 2010. Al menos así ocurre en Vizcaya. Esto es así porque los bancos y cajas mandan información a Hacienda sobre las cuentas de sus clientes a finales de año.

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