Consulta de herencia

Somos 3 hermanos, nuestro padre nos dejo a 2 de ellos como legatarios 1 finca e instituyo heredero al otro por el remanente de su masa hereditaria (varias casas y dinero en bancos, préstamo también)
El problema surge cuando descubrimos que la finca que nos lego la vendió con posterioridad de hacer el testamento y ahora mi hermano y yo no sabemos como tributar el impuesto ni a que tenemos derecho en la herencia. ¿Cómo debemos proceder?
En bancos no facilitan información porque somos legatarios y no nos instituyo como herederos

3 respuestas

Respuesta
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Como que la vendió, eso no puede ser.
Cuando tu padre murió e hicisteis le escritura hereditaria con el notario, este os pediría las notas simples de las propiedades de tu padre, para certificar que realmente son de tu padre.
Eso no puede ser. Es imposible desde mi criterio.
El ultimo testamento es de año 2008 y en enero 2009 estando aun vivo mi padre vendió la finca y no modifico el testamento. Falleció en septiembre 2009 y nos encontramos con lo que comente anteriormente; que nos lega una finca que en su momento era suya, pero después la vendió. La finca ya esta en el registro de la propiedaed a nombre de los compradores
Vamos a ver, que eso no puede ser. Y te repito lo anterior. Cuando tu padre murió haríais una escritura de herencia ¿NO?
Y en esa escritura de herencia no se pueden tener en cuenta los bienes que ya no tiene el fallecido en el momento del fallecimiento.
Has hablado con el notario... por que es muy raro.
O sea, para explicarme mejor. En el momento de la escritura, el notario tiene que certificar que todo lo del testamento, es real y existe realmente.
La escritura de herencia aun no la hicimos, como la vamos a hacer, si lo único que podemos heredar es la finca que nos deja en legado y esta vendida por mi padre,
Estamos a ver si nuestro hermano que si instituyo heredero nos reparte "parte" de su herencia entre nosotros y hacemos la escritura
AHHHHHHH a eso me refería.
Pues deberíais pasar por el notario ya, por que tenéis 6 meses para pagar el impuesto desde el fallecimiento.
Y después de pasar por el notario pagareis el impuesto, y evidentemente, el notario quitara de la masa hereditaria la finca que ha vendido.
Pues nos quedan 2 meses y aun no hay acuerdo. El hermano que instituyo heredero presento el impuesto de toda la masa hereditaria. Yo fui preguntar y me dijeron que teníamos que aportar un justificante de que la finca fue vendida y no teníamos que pagar nada del impuesto de sucesiones. Después si llegamos algún día a un acuerdo con mi hermano heredero, la escritura tributaria como compra-venta con un 7%!
¿Te parece correcto?
Deberíais hablar con un notario, aver que os dice. Aun que no haya acuerdo, tenéis que pasar por el notario para que ponga todas las propiedades a nombre vuestro. O sea todos a nombre de todos, para así poder pagar el impuesto. Y después, ya habrá tiempo para peleas.
Respuesta
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Si sois hijos del fallecido, sois herederos.
Si la finca la vendió antes de morir, no hay legado. Tendréis que heredar porque sois hijos y sois herederos forzosos. Debéis pedirle al otro hermano la legitima, que es lo mínimo que puede heredar un hijo.
¿Seria la legitima o a partes iguales? Es decir la herencia entre 3!
Si en el testamento nombra heredero a uno solo de los hermanos, éste será el que herede todo y los otros dos sólo heredaran lo que por legítima les corresponda, ya que en el testamento no los nombra como herederos.
Una ultima cuestion; ¿Para el tema del impuesto de sucesiones sabes como sera si hay que declarar la finca o realmente por lo que nos dará nuestro hermano de legitima? Nos queda 1 mes para que cumpla el plazo
Si la finca no está porque ya se vendió, no la tenéis que declarar en el impuesto.
En el impuesto de sucesiones tendréis que declarar los bienes que tuviese el fallecido a la fecha de su fallecimiento.
Pues en hacienda me acaban de decir hoy que al ser hijos tenemos que declarar la parte que corresponda con la legitima.
Lo que te dicen en Hacienda es correcto, pero deberás de declarar sobre los bienes que tenia el fallecido a la hora del fallecimiento, no vas a declarar una finca que ya no tenia y que si la vendió pertenecerá a otra persona.
En hacienda me dijeron que hiciera un escrito indicando que la finca esta vendida y no declaro nada. Así el impuesto esta zanjado, si después llego a un acuerdo con mi hermano tendré que tributar un 7% del valor como si fuera compra venta
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Aunque no seáis herederos, como hijos, tenéis derecho a una parte de la herencia, el tercio de legítima estricta del que no os puede privar nadie. El banco os tendría que dejar la información.
El legatario es un heredero también, los bancos notienen ni idea. El legatario es herederos de una cosa concreta de la herencia pero heredero.
En este caso si se vendió el legado ésta queda sin efecto, pero seguís teniendo vuestro derecho a vuestra parte de la herencia.
No hay legado, no hay adjudicación, no hay impuesto.
Os aconsejo que os asesoréis con algún abogado y os dirá los pasos a seguir.
En cuanto al impuesto, el hermano que instituyo heredero presento el impuesto de toda la masa hereditaria. Yo fui preguntar y me dijeron que teníamos que aportar un justificante de que la finca fue vendida y no teníamos que pagar nada del impuesto de sucesiones. Después si llegamos algún día a un acuerdo con mi hermano heredero, la escritura tributaria como compra-venta con un 7%!
¿Te parece correcto?
No tendría porque tributar al 7%, porque no todo pertenece a tu hermano, si él así lo ha hecho podréis impugnar la herencia.
Lo que os toque lo es por herencia, no por compraventa, el acuerdo con tu hermano lo tenéis que conseguir antes de partir la herehcia, no después.
De todos modos, es mejor que lo consultes con un asesor fiscal.

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