Anotación preventiva de embargo

Una amiga compró un piso en 2007 vía documento privado y no lo inscribío en el registro de la propiedad, lo que pasa que antes de vender el piso el antiguo propietario tenia solicitado un préstamao bancario en el valor de 250000 euros (unos mese antes de vender el piso) y ha dejado de pagar dicha prestación. El Banco interpone una acción contra el antiguo propietario (que todavía consta como titular en el registro) y consigue embargar el piso. ¿La anotación preventiva del embargo es de 22/09/2009. Que minha aacion se debe interponer? ¿Qué consecuencia tiene este embrago?

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Dependiendo de la documentación que tenga en su poder esa amiga, lo lógico sería instar una tercería de dominio.
La anotación preventiva sólo es a efectos de salvaguardar el derecho del acreedor sobre el bien.
Hola Experto,
La documentación que tienes es un contrato de compraventa, ¿qué tienes que hacer para probar que el piso es tuyo?
Pues instar la demanda de tercería de dominio.
Si deseas más información acerca del trámite en concreto o los costes que ello puede conllevar, puedes enviarnos un email, sin comrpomiso alguno a
[email protected]

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