Cesión de Crédito

Estoy buscando un piso para comprar y después pasar muchas horas en Internet me han planteado la posibilidad de la cesión de crédito de un banco en un piso que está en proceso de embargo. Me he planteado esta posibilidad porque el precio es mucho más atractivo que el resto de los pisos en venta, sin embargo me gustaría saber que problemas me podría plantear adquirir un piso de esta forma.

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En principio el propietario del piso embargado puede levantar dicho embargo si satisface el importe del crédito
En tu caso lo importante sería llegar a un acuerdo con el embargado para que te transmitiera la deuda y con ella el piso, mediante escritura pública y contar con el consentimiento del banco para el cambio de deudor, pues sin este consentimiento expreso no tendría eficacia
El problema es si se ha empezado el procedimiento de ejecución judicial del bien
Muchísimas gracias por la respuesta pero no es exactamente eso lo que me han planteado, la idea es que el banco tiene bastantes pisos en proceso de embargo y quiere deshacerse de ellos, por eso me plantean la cesión del crédito para que yo tenga prioridad para adquirirlo o bien en algún caso la posibilidad de remate en el caso de pisos que se vayan a quedar ellos.
Por lo que me han dicho yo no tengo riesgo en el capital que invierta en la cesión y supongo que haya dos posibilidades,
a) el piso sale a subasta, no hay postores y el precio es el de la hipoteca pendiente(no entiendo realmente si tiene ventajas en este caso).
b)Alguien puja por ese piso y el precio es mayor que el valor de la hipoteca. Por lo que se, el que tiene la hipoteca puede igualar la mejor puja pero no tengo muy claro que pasa si no me interesa igualarla, si recupero todo el dinero que haya invertido incluso gastos.
No lo se la verdad es que no se muy bien las posibles ventajas de este método y me gustaría si es posible que me lo aclarase.
Puedes hacer lo que yo te he comentado, y más si cuentas con el beneplácito del banco, para ello tienes que llegar a un acuerdo con el deudor de hacerte cargo de la deuda a cambio de que te entregue la titularidad del bien
La figura de la cesión del crédito supone que un tercero ajeno al mismo adquiere su titularidad, esto es el banco que es acreedor hipotecario, te transmite a ti el crédito a cambio de un precio, en este caso tendrías que ser tu el que instará la subasta judicial del bien y en caso de no haber postores podrías adquirirlo tu
En caso de que haya postores y sea el postor quien se quede con el bien, el dinero se destinará a pagar el crédito hipotecario, en principio hasta el límite de la cantidad garantizada, si la deuda fuera mayor y hubiera otras inscripciones preferentes, si no hay inscricpiones preferentes, te pagarían a ti hasta satisfacer la totalidad del crédito y el exceso si lo hubiera se entregaría al propietario
Todo depende del precio que tuvieras que pagar al banco para adquirir su préstamo hipotecario, de la cantidad garantizada con la hipoteca y del posible valor que pudiera tener la vivienda

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