Dudas en solicitar la incapacidad total

Mi pregunta es la siguiente, tengo 57 años, 35 años cotizados a la SS, y en estos momentos estoy para cumplir 12 meses de baja laboral por enfermedad común y me aconsejan en inspección y la empresa pasar el tribunal medico para solicitar la incapacidad permanente en grado de absoluta o subsidiariamente total.
    En nuestro convenio tenemos el artículo 28 que dice.
     Artículo 28-Trabajador disminuido
     Se entiende por trabajador disminuido aquel que deja de estar en condiciones físicas o síquicas para realizar eficazmente la tarea que venía desempeñando en función de su
Categoría, sea ello debido a accidente, enfermedad o cualquier otra causa, aunque no
Sea necesario obtener la baja de la Seguridad Social.
     En estos casos se le asignará, si es posible, a éste trabajador una tarea conforme a su capacidad disminuida, pero manteniendo la retribución que le corresponda. En cualquier caso se contará con el asesoramiento de especialistas médicos.
     Entonces mi duda es:
     1º Solicitar el certificado de minusvalía, que ya he solicitado.
     2º Anunciar la reincorporación a la empresa, con acogida en el artículo 28 y en una situación de desarrollo laboral más liviana.
     3º En función de este segundo punto, prorrogar la situación de incapacidad temporal, otros 6 meses más, en previsión de una mejoría en mi cuadro clínico y un mayor plazo de
Acondicionamiento a la empresa para un nuevo puesto.
     4º En función de la reacción - postura de la empresa, instar o no la solicitud de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta o subsidiariamente total. (Con estudio previo, en base a las nóminas de la pensión que generaría en cada uno de los casos).
      Y pregunto, si me decido por esta 4ª opción la empresa esta obligada a recolocarme en otro puesto apto a mi discapacidad física por el artículo 28 de nuestro convenio, si o no.
     Un saludo
     Atxute

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