Autónomo en apuros

Soy administrador único de una SL con tres socios más, me dedico a la construcción, y como ya todo el mundo sabe esto va más que mal...
Me deben una gran cantidad de dinero varias empresas, y tengo en letras/pagarés otro tanto para septiembre..., lo bastante para tener que hacer varios aplazamientos de IVA para poder seguir subsistiendo, pagar a mis operios, sus seguros y demasgastos; la cuestión es que estoy asfisiado, no se que hacer, si me pagaran todo lo que me deben pagaría lo que debo con tranquilidad, pero es que no veo cuando ni la forma. La cuestión es que no se hasta que punto hacienda va a ir contra mi cuando esta situación sea irreversible y me obligue a pagar lo que les debo, ¿pueden ir contra mis propiedades?,
Si cambio de titular (extinción de condominio) el piso que comparto al 50% con mi novia, y lo pongo todo a su nombre ¿se puede considerar alzamiento de bienes?, aún no estoy notificado ni en ejecutiva, pero es previsible que en un periodo no muy lejano lo esté. Esta situación me genera mucho estrés y no se que hacer, estoy un poco desolado

7 respuestas

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Te voy a contestar más que como abogada como persona que se ha visto en una situación parecida.
Si debes dinero a hacienda por no haber abonado las retenciones de los trabajadores, te aconsejo que pidas un aplazamiento y lo pagues (ahora o cuando tu situación se defina un poco más) por que es un delito de apropiación indebida e irán contra ti por ser el administrador.
Si debes a la seguridad social puedes hacer 3 cosas; tienes que tener en cuenta que la seg soc se divide en dos partes, la inaplazable, que sera un 25% de la deuda ( aproximadamente) y el resto que si puedes aplazarlo, teniendo esto en cuenta puedes hacer 3 cosas, pagar la parte inaplazable, y dejar debiendo el resto, pagarlo todo, o no pagar nada, con esta ultima opción en teoría no pasaría nada siempre y cuando cierres la empresa, y no tengas nada a tu nombre, si la empresa tiene bienes irán a por ellos y luego empezaran a ver los bienes del administrador, el cual solo responderá con sus bienes a no ser que haya actuado de mala fe (que imagino no es tu caso, y por eso no habrá sanción penal, solo administrativa, es decir embargos)
Con respecto a los trabajadores el fogasa se puede hacer cargo del 40% de las nominas que les debas, esto ira de dos formas posibles, una es que tu pagues a los trabajadores y luego el fogasa te lo reintegre a ti y otra es que te declares insolvente ( la empresa) y pagues lo que puedas y lo que no hasta un 40%lo pagara el fogasa a los trabajadores y serán ellos quienes tendrán que solicitarlo.
Evidentemente nada de todo esto se puede hacer con la empresa abierta (excepto los aplazamientos claro) y por supuesto supone bastantes quebramiento de cabeza, buscate una buena asesoría que te lo gestione.
Todo esto le paso a mi marido pero con una financiera y yo trabajo en una asesoría, aun estamos liados porque decidió cerrar en marzo, y te aseguro que lo que más debes valorar es dar el paso de cerrar o no, es lo más complicado y lo que tienes que pensar mejor, una vez lo tengas claro lo demás es más sencillo aunque parezca que no.
Yo solo tengo aun una duda y a ver si tu sabes algo, nosotros tenemos un coche en rentin y no me lo puedo quitar de encima, tu sabes como podría hacerlo, porque necesito quitarme ese pago.
Bueno si tienes preguntas ya sabes, aquí estamos, y espero haberte solucionado algo el tema.
Hola, lo que me pones lo tengo más o menos claro, pero lo único que debo es IVA, los seguros y nominas están al día, mi temor es que hacienda me diaga hasta aquí llegamos.La pregunta es que si puedo tener algún tipo de responsabilidad por no haber podido pagar el IVA, pero es que no me han pagado y parte de ese IVA es de facturas que no he cobrado!, ¿Me entiendes?, por eso he decidido poner mi propiedad del 50% del piso a nombre de mi novia, y no se si en un futuro, ante una hipotética responsabilidad en mi gestión puendan declarar un alzamiento de bienes y tener más problemas de los que tengo ahora.
En cuanto al renting, lo único es hablar con la empresa que te lo hizo y llegar a un acuerdo amistoso
Un saludo y gracias
Ok
Lo que puedes hacer es declarar esas facturas contablemente como incobrables y así te quitas de problemas futuros, con el nuevo plan general ya no hay que esperar un año para declararlas incobrables, llegado el momento hacienda te pedirá los libros y vera que están puesta de esta forma y como max te preguntara que que medidas tomaste para poder cobrarlas y ya esta.
Respecto a venderle el resto del piso a tu pareja debes de tenerlo muy claro, porque cd lo pongas a su nombre hacienda puede entender dos cosas<.
Que es una donación, la cual tributa al 28%, cosa que nointeresa
Que es una venta y por tanto tu has tenido una ganancia patrimononial (primero pagaras el imp de trasmisiones patrimoniales y al año siguiente en el irpf por la ganancia)
En un principio no pueden meterse con ese supuesto dinero ni con el que tengas pero siempre es mejor guardarse las espalda, y si lo haces antes de cerrar puedes hacer que parezca que ese dinero lo invertiste en la empresa para saldar cuentas aunque no te llegase para el iva.
No se si me entiendes porque puede parecer complicado pero tu deberás tener un contable y ya veras como no es tan difícil y no es fraudulento, es aprovechar los vacíos legales.
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En principio le diría que si no hay responsabilidad penal, es decir que no se haya llegado a esta situación por mala fe, lo cual parece evidente que no es el caso, no le afectará a sus propiedades personales, sólo irían contra los bienes de la empresa.
Lo de ponerlo a nombre de su novia le diría que no es necesario ya que no son bienes de la sociedad aunque tampoco está de más por lo que se pudiese derivar, no sea que al juez le diera por decir que ha sido por culpa de su mala gestión ( no diga que la haya habido) y ahora aún no hay ningún proceso abierto por lo que es buen momento.
Si necesita que lo comentemos más particularmente, ya me dirá.
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Bueno esto que me comentas en algo demasiado serio como para resolverlo por este medio.
Te recomiendo que acudas a un abogado experto en la materia antes de que sea tarde. Si la cosa esta tan mal como dices puedes presentar concurso de acreedores, pero ya te digo, esto habría que verlo con mucha más calma y con documentación por delante.
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En principio si tu como administrador no has cometido ninguna irregularidad en tu gestión ni negligencia y no tienes prestado ningún aval personalmente, no eres responsable de nada y por tanto nunca pueden ir a por tus bienes personales porque una SL es una sdad. co la RESPONSABILIDAD LIMITADA a los bienes y derechos de la propia empresa, no obstante yo no soy abogado, y quizás esta cuestión es más de un profeional del derecho que de un simple experto en hipotecas.
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Las derivaciones de responsabilidad a los administradores son un proceso largo y no se puede hacer de la noche a la mañana pero si incumples la normativa mercantil... estate seguro de que la administración intentara derivarte.
Para nada sería alzamiento de bienes el tema que me dices.
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Si en la actual situación cabías la titularidad del inmueble sí se podría considerar como alzamiento de bienes.
Siempre que no hayas avalado ninguna operación de la S.L. no podrían ir contra tu patrimonio.
En tu actual situación, y si tienes claro que vas a cesar la actividad, puedes acogerte a los beneficios del concurso de acreedores, suspendiendo todos los pagos, hasta cobrar lo que se te debe y poder hacer frente a los mismos, en un plazo determinado y con una rebaja que se debería aprobar en la Junta de acreedores.
Suerte, y procura que el abogado no te pegue un "estacazo" por llevarte el tema.
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Si todavía no te ha llegado nada, puedes hacer el cambio de nombre a tu novia sin problemas pero tienes que tener en cuenta que ésto conlleva gastos de notario, registro e impuesto de transmisiones.

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