¿Donación o préstamo?

Mi novia tienen 27 años y es estudiante, está terminando la carrera. Yo tengo un empleo fijo y tengo 33 años.
Resulta que nos hemos comprado nuestra primera vivienda en Galicia y mi futuro suegro le ha dado a su hija 60.000 euros para ayudarnos en la compra, y los hemos ingresado en una cuenta conjunta que hemos abierto en la caja de ahorros donde hacemos la hipoteca, a la espera de firmarla.
He consultado la siguiente ley y creo que habla algo sobre ello en el Titulo II, artículo 16 (http://www.lexureditorial.com/boe/0809/15212.htm )
Pero no me queda claro, mis preguntas son las siguientes:
-. ¿Hemos hecho mal en ingresar el dinero en nuestra cuenta sin hacer escritura pública o aun estamos aun a tiempo de hacerlo?
-. ¿Cuáles son los pasos que tendríamos que dar para ello?
-. ¿Sirve qué entre nosotros hagamos un documento en el que se detallen los términos del artículo 16 apartado d) y lo llevemos al notario cuando hagamos la escritura del piso y la hipoteca o tenemos que hacerlo antes de firmar el préstamo?
-. ¿Seria mejor fiscalmente justificar ese dinero como un préstamo realizado por mi suegro a devolver cuando su hija termine la carrera?

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Para que quede constancia de la donación del dinero debe hacerse en escritura pública, es decir, ante Notario. El artículo al que haces referencia hace mención a la reducción del impuesto de donaciones que hay que pagar, pero si no haces la escritura no constará en ningún sitio que la donación se ha realizado.
Si el dinero se lo ha donado su padre, es privativo de ella. Aunque esté en una cuenta conjunta, el dinero será solo de ella.
Fiscalmente es mejor decir que es una donación de su padre para la adquisición de su primera vivienda, hay más reducción en Hacienda.
Gracias por su respuesta.
Una última cosilla:
Ya hemos hecho el ingreso en nuestra cuenta, pero ¿podemos hacer la escritura pública el día que hagamos la escritura del piso? Y ¿Ese documento lo hace el notario o se lo tenemos que llevar nosotros?
Mi novia es estudiante y no tiene ingresos, ¿podrías explicarme brevemente que significa el artículo 16, apartado c) de dicha ley?
Gracias
El Notario es el encargada de redactar la escritura. Si, puedes firmar las dos escrituras el mismo día, la donación antes de la compraventa.
El artículo 16 hace alusión a la reducción del impuesto de donaciones que hay que pagar por al escritura de donación. Se hace una reducción del 95% de la base imponible del impuesto (la base imponible serán los 60.000 euros), pero hay que cumplir una serie de requisitos para que se aplique esta reducción:
- Ser menor de 35 años (has dicho que tiene 27, por lo que cumple este requisito) y dedicar el dinero a la compra de su primera vivienda, por lo que no podrá tener ninguna otra vivienda a su nombre.
- Que la donación no supere los 60.000 euros.
- Que la base imponible del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) no sea superior a 30.000 euros. Si tu novia es estudiante y no tiene ingresos, ni siquiera hará la declaración de la renta.
- Que la donación se haga en escritura pública, donde debe constar que la donación se hace para la adquisición de su primera vivienda habitual. Deberéis decir en la Notaria donde vayáis a firmas que hagan constar este extremo en la escritura de donación.
- Tu novia debe adquirir una vivienda en el territorio de Galicia en los 6 meses siguientes a la fecha en que se realice la donación. Si dices que lo firmareis todo el mismo día, no hay problema.
-Que la vivienda se destiene a vivienda habitual, es decir, que deberá empadronarse en esa dirección lo antes posible, para que conste que vive en ella.
He realizado esta pregunta a varios expertos de este foro pero sin duda tu respuesta ha sido la más clara y concisa de todas.
Muchas gracias por tu sapiencia, me ha sido de gran ayuda.
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Para evitar posibles problemas, yo haría un documento de préstamo entre particulares sin intereses. Se liquida del ITP en hacienda de la Xunta, que está exento, se paga 0, y justificas que ese dinero ni lo has ganado tu (te supondría un incremento en el IRPF) ni es donación ( tu novia tendría que pagar el impuesto de donaciones)
Si quieres te envío un documento formato por 10 E.
Gracias por tu pronta respuesta.
El documento al que te refieres ¿habría qué elevarlo a escritura pública o no hace falta?, y otra cosa por si me decido por la donación, ¿he hecho mal en ingresar el dinero sin hacer la escritura publica o podría hacerlo cuando firme la hipoteca?
No hace falta ir al Notario, simplemente pasarlo por hacienda de la Xunta con el impreso 600, en el plazo de 30 días desde que te hicieron el ingreso en la cuenta.
La donación de dinero no se hace en escritura notarial, es un gasto innecesario.
Gracias otra vez. Una última pregunta y no le molesto más.
Para beneficiarme de la reducción del 95% que habla la presente ley tengo que cumplir una serie de requisitos que se enumeran en el artículo 16, pero no entendemos lo que quiere decir el apartado c) de ese artículo.
¿Podría explicármelo brevemente?
Gracias
He mirado la Ley Gallega, y lo que te dice que la donación de como máximo 60.000, hecha en escritura pública a la hija que gane menos de 30.000 al año, se bonificará en un 95% del impuesto.
Gasto de notario y del 5% del impuesto. Como mínimo 500 E.
Préstamo entre particulares sin intereses = 0 Euros.
Según esta ley ¿no seria el 7%?
El 7% de 60000 es 4200 euros, después de 4200 se reduciría el 95% y se quedaría en 210 Euros ¿es cierto?
Un saludo de nuevo
Bueno, se me olvidó. Serian 210 + gastos de notaria ¿no?
Pues calcula aprox. 500 Euros

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