Código comercio: tipo sociedad

En el Código de comerciode 1885 en su articulo 122 señala las siguientes clases de sociedades mercantiles:
"Artículo 122.
Por regla general las sociedades mercantiles se constituirán adoptando alguna de las formas siguientes:
La regular colectiva.
La comanditaria, simple o por acciones.
La anónima.
La de responsabilidad limitada."
¿La Sociedades civiles particulares en que tipo de las anteriores se encuadran?
Gracias anticipadas

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En ninguna de las anteriores. Son sociedades civiles irregulares, lo que significa que están ausentes de regulación específica en el C.Com. Se regirán por el derecho privado (C. Civil). En este tipo de sociedades, como en las Comunidades de Bienes, los partícipes responden de las deudas con su patrimonio personal

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