URGE. Dudas rescisión contrato compraventa

Quiero anular el contrato de compraventa y tengo unas dudas. Primero os pongo unas cláusulas y luego las dudas.
Plazo entrega
... Fija la finalización en diciembre de 2008 ... Y serán entregadas en un plazo máximo de 90 días... A partir de la concesión de la cédula de habitabilidad...
Incumplimiento comprador
Si optase por la resolución (el comprador) ... Hará suya en concepto de clausula penal por incumplimiento el 50% de las cantidades entregadas hasta la fecha...
Incumplimiento vendedor
... En el supuesto de que existiera un incumplimiento de las obligaciones firmadas en el presente contrato, achacable a la parte vendedora, sean esta de carácter adjetivo como el plazo de entrega de la vivienda o ... La parte compradora podrá optar exigir el cumplimiento de lo pactado si es posible o la rescisión... La resolución conllevará la devolución de las cantidades entregadas hasta la fecha... Garantizadas por aval recogido en presente contrato, más el interés de demora... 6% interés simple anual...
Mis dudas
1) ¿Con la nueva ley de Abril que he oído comentar es abusivo un 50% de penalización?
2) Las obras no van a acabar pienso yo (salvo que venga un ejército de albañiles) en diciembre de 2008. ¿Tengo derecho a la devolución del 100% en ese caso?
3) ¿Cómo puedo saber cuando está el fin de obra hecho? Es decir, puede que me digan que están esperando la cédula de habitabilidad, echar la culpa al ayuntamiento y sin embargo no haberla solicitado todavía.
Tengo una seria duda
a) Reclamar ya el 50%
b) ¿Llegar a un acuerdo y pedir más del 50% aludiendo que no van a acabar "ni de coña" a tiempo y/o que es una clausula? Abusiva
c) Espera a enero y reclamar todo el dinero. Arriesgarme.

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Respuesta
1
Me temo que la promotora ya no tiene el dinero que le has dado, pues se lo habrá gastado en los gremios que han pasado por la obra y los que deben pasar todavía, con lo cual C) Tienes la suerte de tener las cantidades avaladas por un banco, por lo que en caso de que la promotora no acabara en Diciembre, el banco te devolvería las cantidades aportadas + 6%. No obstante, mira a ver en que banco está el aval, e informate.
Sobre todo, tu sigue pagando tus plazos, porque si no sería incumplimiento tuyo.
Gracias por tu respuesta, qué rapidez.
Miro el contrato de compraventa y el aval está emitido por La Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana ( S.G.R.) www.sgr.es
Vamos, que a primeros de Enero estoy allí solicitando el fin de obra. Y si veo que no está acabado... ¿dónde reclamo si no me hacen caso?
Tendrás que ir a la Sociedad de garantía Reciproca con tu contrato, y decir, señores aquí tengo un contrato que yo he cumplido, pagando todas las cantidades que se me han pedido. Y parece que la promotora no ha cumplido su parte en cuanto que es 2 de Enero y no está el piso acabado, y como Uds. salieron de avalistas de la promotora, y esta no ha cumplido, les pido que me devuelvan el dinero entregado.
Y si no iremos a juicio.

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