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Como bien dices, tan solo los 6 meses son para liquidar el impuesto, y hasta que no vayan al Notario a aceptar la herencia, se denomina herencia yacente. No obstante sería recomendable que aceptaran la herencia en este plazo para evitar complicaciones de fallecimiento de alguien incrementandose los herederos, etc.
En definitiva, es un gasto el del Notario que más tarde o más temprano hay que hacer, y cuanto más tiempo pase se puede liar mucho la cosa.
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