Estimado juan:
Aunque yo no ejerzo el derecho penal creo que puedo contestarle, de todas formas contraste la información con algun colega que se dedique a esta rama del derecho.
Vd. fue condenado en un juicio de faltas por una falta del 634 (no por un delito) y los antecedentes penales son por delito, así que no tiene antecedentes penales.
Puede que tenga antecedentes policiales pero son también "cancelables", se que es mediante una instancia dirigida al Ministerio del Interior, solicitando su cancelación y acompañando copia de la sentencia firme del juicio de faltas y de su cumplimiento (el trámite de cancelación no lo conozco), pero en esta pagina tiene un modelo de solicitud que la publica el propio MInisterio del Interior
http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/cancelacion/dgp/cancelacipoli.pdf
Un saludo.