Aumento por obras

Vivo en un piso de alquiler cuyo contrato se realizó el 02/08/2004 con una duración de 5 años.
He recibido notificación del administrador de la finca (todos los pisos del edificio, 12 viviendas en total son de alquiler del mismo arrendador), en el que me notifican que debido a la instalación de un ascensor en la finca, se me aplica un incremento en mi renta.
Comentar al respecto que me dicen que de conformidad al art. 108 de la ley de arrendamientos urbanos (Ley 46/80 BOE 13-10-80) y de acuerdo con el art. 101 y demás de aplicación, se me aplica un incremento del 12% anual del capital invertido en las obras.
La pregunta es la siguiente:
¿Es correcto que apliquen dicha Ley, tan antigua?, entiendo que se refieren a la LAU de 1964, ¿es así?
Ahora bien, según la Ley 29/94 de arrendamientos urbanos y según su artículo 19. Elevación de renta por mejoras... Entiendo que si en mi contrato aún no han transcurrido 5 años de duración, ¿aún no le da derecho a elevar la renta?, ¿Es así?

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Tanto la ley del 94 como la del 64 están en vigor.
A usted por tener un alquiler de 2004, se le debe de aplicar la ley del 94, y por lo tanto y como usted dice no se le puede elevar la renta hasta transcurridos 5 años de duración de dicho contrato por mejoras.
El cálculo que se le hace para elevarle la renta, entiendo que lo hace el arrendador porque al tener arrendados diferentes pisos, ha enviado la misma carta a todos los vecinos, ya que la gran mayoría de ellos tendrán contratos de alquiler anteriores a 1994.
En ningún caso se le puede elevar la renta a usted si no lleva más de 5 años con el contrato de alquiler. Háblelo con el arrendador, porque habrá sido un "error", o simplemente le habrá mandado la misma carta que a los demás para ver si "cuela".
Gracias por su respuesta, seguiré su consejo y hablaré con el administrador.
¿Quería pedirle una aclaración: Si para realizar dichas obras ha solicitado al Ayuntamiento o a la Generalitat AYUDAS, podría pedirle que nos lo justifique? Ya que entiendo que si él ha tenido ayudas entonces nosotros también las tendríamos que tener, ¿me refiero a que el aumento sería inferior?
Si ha conseguido ayudas os lo tendría que descontar del aumento, pero es posible que diga que no ha tenido ayudas, para sacarse algún dinerillo más. Para asegurarte, puedes acudir al ayuntamiento e informarte sobre si le han dado ayudas para instalar un ascensor en el edificio tal, de la calle tal.
Si le han dado ayudas las tendrá que rebajar del precio de la obra, y además os debería presentar un presupuesto que justificase dicho aumento.

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