Vivienda y garaje

Hola,
Firmé un contrato de compra-venta de un piso en el 2002 donde se especificaban los metros cuadrados útiles.
En una visita de desperfectos comprobé que tenía menos superficie útil. Se lo comuniqué a la promotora pero me dijo que no, que tenía más y que tenía suerte porque no me lo iban a cobrar.
En la segunda visita de desperfectos llevé una tasadora y confirmó mi sospecha. La promotora rectificó.
Les hizo un escrito para que me pagaran la minuta del tasador pero se han negado. ¿Podría recurrir al juicio monitorio? ¿Qué posibilidades tengo?
Ahora estoy viviendo ya en la vivienda, tengo unos desperfectos que no había apuntado en las dos visitas pertinentes, y dicen que no me lo arreglan porque no lo comunique en su día (llave de radiador rota, raja en techo de escayola...) Por poner un ejemplo, me entra agua por las juntas de aluminio de las ventanas, ¿puedo pedir que me la cambien? La solución que me dan es echar silicona por fuera, pero tengo miedo porque cuando limpio esa silicona, puesta con los dedos, me la puedo llevar.
También me han dado una plaza de garaje, pero sólo me han dado una llave magnética, no me han dado un mando a distancia. ¿Es correcto? ¿Puedo exigir que me entreguen un mando?
Gracias

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En cuanto al tema de los metros cuadrados de menos, debes fijarte en la escritura de compraventa que es lo que pone porque si aparece la expresión se vende como "cuerpo cierto", independientemente de los metros que aparezcan en la escritura, quiere decir que compras lo que hay, con lo que nada podrías reclamar y viceversa.
El tema del juicio monitorio no te lo recomiendo, porque cuando demandas por este trámite, el deudor tiene la posibilidad de pagar, o no pagar alegando razones (que es lo que previsiblemente pasará), y al oponerse deberás ya acudir a un juicio ordinario, lo cual no te compensa para solicitar que te paguen los costes de una tasación (además le tendrás que pagar a tu abogado los trámites del juicio monitorio, y los del juicio ordinario, con lo que duplicarías gastos).
En cuanto a los desperfectos en la vivienda, el plazo para reclamar los desperfectos generales ya ha pasado ya que es de 3 años, aunque podrías intentar reclamar por daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio, ya que para esto el plazo es de 10 años, aunque te sería más complicado.
En cuanto al garaje, si tiene un mando a distancia deberían de dártelo al igual que la llave magnética.
El aspecto más grave es el de los desperfectos en tu vivienda, con lo que podrías intentar reclamar al respecto, o bien la reparación completa de los mismos, o bien una indemnización de daños y perjuicios, que se podría sumar al caso del graje en compensación a los metros que faltan.
Para esto deberás acudir a un abogado de confianza y preguntarle dándole todo tipo de detalles sobre las posibilidades que tienes de entablar una demanda y de conseguir algo, pero ya te digo que al pasar el plazo de 3 años, por el de 10 años, te va a ser mucho más complicado, pero depende del volumen de los desperfectos que tengas, y la cuantía a la que asciendan.
Desde luego si la cuantía de la reparación no asciende a más de 3.000 euros, no te recomiendo que entables acciones judiciales.
Saludos, no olvide valorar mi respuesta para mejorar mis servicios. Se admite todo tipo de crítica.

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