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Buenos días.
Nuestro negocio es de venta de maquinaria, que nuestros clientes pagan mediante leasing. No obstante, para formalizar el pedido, exigimos una paga y señal del 10%. Posteriormente, el cliente firma un leasing con el banco, éste nos paga el 100% y devolvemos la paga y señal al cliente. La pregunta es en relación a la paga y señal, que hasta ahora NO tratamos como anticipo ni aplicamos IVA. (Hacemos Bancos a Clientes). ¿Debería tratarse como anticipo y facturarse con el correspondiente IVA?
Muchas gracias de antemano
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