Derecho laboral

Somos una empresa que se dedica al transporte de mercancías por carretera, nuestros trabajadores la mayoría son búlgaros, el problema que tenemos es que algunos no llegan a cumplir el contrato, por distintas razones. Traerlos a España legales cuesta el pago de una serie de tasas,... ¿en caso de que no terminen el contrato se le puede retener dinero en concepto de pagos de los gastos que ha ocasionado traerlos, firmando un documento donde especifique tal circunstancia?

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Respuesta
No, no debe de ser. El salario devengado es por concepto de trabajo y no por traslado. Son cosas diferentes.
Para cualquier otra duda o pregunta relacionada, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.
Le agradezco su visita a mi espacio en TodoExpertos.com.

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