1 día de paro o subsidio al tener solo 6 meses cotizados?

Mi situación es la siguiente:después de 6 meses trabajados me encuentro en la tesitura de que me queda un solo día de paro de la prestación anterior, pero al tener 6 meses cotizados no llego a una prestación nueva. Mi duda es si tengo opción al subsidio de no llegar a periodo mínimo cotizado que consiste en 6 meses de unos 426 al no tener hijos o al tener ese día de paro no tengo derecho a elegir entre reanudar la prestación o el subsidio. O renunciar a ese día de paro si se puede hacer y acumular esos 6 meses para si hay suerte me vuelvan a contratar.

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Si lo que estabas cobrando era la prestación por desempleo y no as generado las cotizaciones suficientes (360 días) para ejercer el derecho de opción entre la prestación anterior pendiente de agotar y la generada con las cotizaciones del o de los últimos contratos de trabajo, tienes que consumir lo que te quede del paro anterior aunque solamente te quede un día por consumir, y las cotizaciones generadas con el o los últimos contratos de trabajo se reservan para cuando las necesites en otras prestaciones, para la prestación por desempleo cuando completes los 360 días de carencia o para el subsidio por cotización insuficiente cuando no reúnas el periodo de carencia de 360 días.. Por lo tanto cuando finalice el contrato de trabajo tienes que solicitar la reanudación de la prestación que tienes interrumpida y consumir el día que te queda y hasta que no trabajes con un contrato de trabajo aunque solamente sea de un solo día y finalices el contrato de trabajo para que te encuentres en situación legal de desempleo, no podrás solicitar el subsidio por cotización insuficiente a no ser que prefieras reservar el paro generado con el contrato de 6 meses hasta que completes los 360 días de carencia que dan derecho a cobrar el paro.. Si en vez de cobrar la prestación por desempleo hubieras estado cobrando un subsidio entonces si hubieras podido optar por el subsidio por cotización insuficiente porque el periodo de carencia que se exige es de 3 meses para los trabajadores con responsabilidades familiares y de 6 meses para los trabajadores que carecen de dichas responsabilidades.. espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias y un saludo..

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