Cobrar paro después de ser autónomo

Antes de nada, agradecerte tu atención porque creo que es la tercera pregunta que me vas a responder, y siempre lo has hecho genial. Gracias de corazón

Quería preguntarte, mi empleo acaba el día 9 de septiembre, pero iniciaré actividad de autónomo antes. Es decir, durante agosto seré autónomo y trabajador por cuenta ajena, pero el día 9 no me renovaran, ya me lo han dicho. Mi pregunta es:

No puedo capitalizar el paro si ya he iniciado mi actividad de autónomo, ¿verdad?

Se que no podré cobrar desempleo porque estoy trabajando de autónomo. Pero, si por un casual dentro de un año o 2, me va mal lo de autónomo y vuelvo a tener trabajo por cuenta ajena, y se me acabase ese trabajo, ¿podría obtener prestación por todo lo que tenía cotizado antes? Es decir, yo tendré 2 años cotizados en septiembre, y seré autónomo. Si pasados 2 años trabajo en otra empresa y me echan de esa, ¿tendría los 2 años de antes más lo cotizado en esa empresa o no? Y de ser así, ¿Cuánto tiempo mínimo debo trabajar por cuenta ajena para reactivar todo?

1 Respuesta

Respuesta
1

Si quieres capitalizar la prestación por desempleo para establecerte por tu cuenta o poner un negocio en sociedad, antes de iniciar la actividad por cuenta propia u darte de alta en el RETA como trabajador autónomo tienes que solicitar en el INEM el cobro de la cuantía de la prestación por desempleo o capitalización del paro,`porque si lo solicitas una vez iniciada dicha actividad el INEM no te lo concederá.. Por otra parte la prestación por desempleo la puedes reservar durante 6 años siempre que no solicites su interrupción en el INEM, es decir que si finalizas el contrato de trabajo o te despiden de la empresa tienes 15 días para solicitar la prestación por desempleo.. Si solicitas la prestación y a los pocos días inicias la actividad por cuenta propia o autónomo y permaneces como autónomo 24 meses o mas, pierdes el derecho a reiniciar la prestaciónsi, y te ves en la necesidad de dejar la actividad por cuenta propia porque la actividad como autónomo no es nada rentable y no han transcurrido 24 meses puedes volver a solicitar la reanudación de la prestación que interrumpiste para iniciar la actividad como autónomo, pero si cuando finalizas el contrato de trabajo o te despiden de la empresa y no solicitar la prestación por desempleo, dispones de 6 años para recuperar la prestación una vez transcurridos 6 años sin solicitarla pierdes el derecho a cobrarlo, y para reactivar la prestación tendrías que trabajar con un contrato de trabajo y finalizarlo o que te despidieran, de al menos tres meses de duración.. Un saludo..

http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/02/20/la-nueva-reforma-laboral-2012-permite-la-capitalizacion-del-100-de-la-prestacion-de-desempleo/

gracias josbian. me ha quedado un pequeño punto en duda:

si tengo 15 días para solicitarlo, y no lo hago, luego para reactivar todo tendré que trabajar un mínimo no? y después de ese mínimo (dentro de los 6 años como me dices) se reactiva todo no?

si el día 9 me quieren renovar por un casual y digo que no, se que no tengo paro, necesito un contrato temporal de 3 meses y que me echen o no renueven mínimo. Pero en este supuesto también tendría el margen de 6 años? es decir, acabar el día 9, estar 5 años de autónomo, volver por cuenta ajena 3 meses y tendría toda la prestación?

gracias

La interrupción de la prestación por desempleo se solicita cuando se estando cobrando el paro y se comienza a trabajar, y se vuelve a reiniciar cuando se termina el contrato de trabajo.. pero si cuando te quedas en el paro no se solicita la prestación por desempleo, el tiempo que te corresponda de prestación lo puedes reactivar trabajando con un contrato de tres meses, siempre que no pasen mas de 6 años desde que te quedaste sin empleo, y la extinción del contrato de trabajo sea a instancias del empresario(finalización o despido) y no por cese voluntario..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas