Indemnización a trabajadores por cierre-jubilación
Tengo 70 años, quiero cerrar el negocio (soy persona física) y quiero jubilarme y tengo dos empleados. A efectos de indemnización a los trabajadores tengo dudas. .. Pues según el estatuto la indemnización que les corresponde es de un mes…
¿Puedo tener problemas si los trabajadores no aceptan esta indemnización?... ¿Está legislado este aspecto o hay ya una jurisprudencia al respecto que obligue a pagar en vez de un mes lo correspondiente a un tipo de despido?
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Respuesta de Laborser España
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