Retraso de nomina

Pues bien mi problema es que a mi mujer la llamo la empresa para intentar negociar un despido, después de mucho dialogar y de presiones nos decantamos por hacerle nosotros una propuesta a la empresa, nos corresponden 14000 € por despido improcedente y hemos solicitado 10000 para llegar a un acuerdo, la empresa lleva una semana pensándoselo.
Mi mujer lleva sin cobrar desde la nomina de febrero que fue la ultima, la deben marzo y a este paso abril. ¿Según la ley cuando puedo denunciar a la empresa por impago de nomina? ¿De hacerlo podría extinguir el contrato de forma unilateral con derecho a indemnización? ¿De cuántos días por año seria esta? . Mi mujer actualmente se encuentra en reducción de jornada por guarda legal de un menor de ocho años.

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En algunos lugares de España, el SMAC comienza a tramitar las demandas por reclamación de cantidad a los 3 meses y en otros lugares a los 2 meses, pero lo mas aconsejable es que cuando la empresa se empiece a retrasar en los pagos sin dar ningún tipo de explicación, acudir al SMAC para interponer una papeleta o demanda de conciliación por reclamación de cantidad o impago, y otra papeleta o demanda de conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo por causa justa es decir por incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario, y si no hay acuerdo en el acto de conciliación con el acta que entrega el SMAC hay que presentar una demanda en el juzgado de lo social y sera un juez quien de por extinguido el contrato de trabajo ordene a la empresa a pagar la indemnización de 45 días por año de servicio en la empresa hasta la entrada en vigor de la nueva reforma laboral y de 33 días por año de servicio en la empresa a `partir de la entrada en vigor de la reforma laboral y los dos primeros años de reducción de jornada por cuidado de hijos menores se computan como si tu mujer habría trabajado a jornada completa ya que la empresa esta obligada a seguir cotizando lo mismo que con la jornada completa. No se te olvide finalizar la pregunta

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Lo primero que debéis hacer, para que la empresa vaya espabilando, es presentar una demanda por reclamación de cantidad, por las nóminas impagadas.

Yo de momento me olvidaría de negociar ningún despido.

Si pasan otras dos nóminas sin abonar sería el momento de presentar la demanda para solicitar la extinción de contrato por falta de cobro en las nóminas. Te lo digo porque los jueces no suelen aceptar la extinción del contrato si no hay por lo menos 4 o 5 nóminas sin cobrar. Llegado este caso vuestro abogado debe solicitar la indemnización por despido improcedente.

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Pueden interponer un procedimiento de reclamación de cantidad ante el juzgado de lo laboral.

Presenten una papeleta de conciliación, y en cuanto la reciban pagarán.

Si no, interponen la demanda.

Podrían reclamar 45 días/año hasta febrero y después 33.

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El 1 día que pase de la fecha acostumbrada de ingreso de nomina puedes poner demanda por cantidades

Para poder optar a la extinción de contrato por impago de nomina han ser como mínimo 3 nominas completas y seria una indemnización como si fuera improcedente

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