¿Correcta liquidación?

Llevo cuatro años indefinido en una empresa de siderometal. La semana pasada me han comunicado el despido inminente y me han descrito como va a ser la indemnización: Con la nómina de este mes me pagarán el finiquito y una mínima parte de la indemnización el resto me lo quieren pagar en cuatro pagares repartidos en cuatro meses. Mi empresa tiene poca liquidez pero el jefe es propietario de dos empresas. Me dijeron que solo me pertenecía 21 días por año trabajado pero que me iban a pagar 45 días pero solo con estas condiciones de otra manera presentarían documentos que acrediten que no tiene suficiente liquidez.
1º. ¿Es legal la paga en cuatro pagares?
2º. ¿Puede acreditar tan rapido su insuficiente liquidez sobre todo teniendo dos empresas?
3º. ¿Cuánto me pertenece 45 o 21 días año?
4º. ¿En el documento de despido tiene que aparecer reflejado los 45 días por año?
5º. ¿Qué más tengo que tener en cuenta antes de firmar?

2 respuestas

Respuesta
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En primer lugar, si es el empresario el interesado en que te marches de la empresa y quiere que la abandones a la voz de Ya, te tiene que abonar la totalidad de la cuantía del finiquito, y si no tiene dinero suficiente que pida un crédito o se las apañe como sea pero tu no tienes porque financiar al empresario encima tu propio despido, y si no quiere pagarlo todo de una vez le pones una papeleta en el SMAC de reclamación por impago solicitando un acto de conciliación y si no hay acuerdo presentas una demanda en el juzgado de lo social.. En segundo lugar, a ti que te despida por causas objetivas económicas ticónicas organizativas o de de producción o por causas disciplinarias, pero luego lo tiene que acreditar ante las autoridades laborales o judiciales y lo tiene que hacer de una forma muy clarita contundente y documentada, solamente entonces es cuando se establece la calificación del despido si es por causas objetivas 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, pero si no acredita la necesidad del despido, el despido sera declarado como improcedente y te tendrá que abonar 45 días por año con un máximo de 42 mensualidades, más los salarios de tramitación.. En tercer lugar en el certificado de empresa tiene que venir reflejada la calificación del despido, si es un despido por causas objetivas económicas o disciplinarias es decir las causas del despido tienen que venir reseñadas en el certificado de empresa así como las cantidades pagadas.. y finalmente lo que tienes que tener en cuenta que si no estas conforme con lo que te mandan firmar o no lo firmes o si lo firmas al lado o encima de la misma firma añades no conforme y al lado la fecha del día en curso, y si no estas conforme y decides demandar a la empresa tienes 20 días para primero poner una papeleta de reclamación por impago en el SMAC solicitando un acto de conciliación y si no hay acuerdo en dicho acto tienes que poner una demanda en los tribunales de lo social, pero la decisión la tienes que tomar tu aunque yo te aconsejo que lo consultes con un abogado laboralista, pero estoy seguro que tienes las de ganar.. No se te olvide finalizar la pregunta
Respuesta
1
1 - si lo aceptas sí, pero no te fíes...
2 - el lo dice por si cuela, me huele a amenaza y a pentira. A ti no tiene que demostrarte nada, seria a un juez...
3 - por despido objetivo como pretende en realidad son 20 días, pero si luego le denucnias y en el juicio no lo puede demostrar el juez le impone o 45 o la readmisión.
4 - si, cuanto más deje escrito mejor, y lo más importante: SI NO PONE EN EL MOMENTO A TU DISPOSICIÓN 20 DÍAS YA LE PUEDES DENUNCIAR
5 - Que te lo de por escrito y que deje llevártelo a casa. Para que te lo vea un amigo o un abogado. Si va de buenas, te dejará. Si va de malas como sospecho por la experiencia se enfadará y te dirá que no te lo da y que como no firmes no ves ni un duro...
Suerte

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