Bajada de nomina

Quisiera saber si se puede bajar la nomina a un empleado sin avisar y luego decir que es que la nomina antes la tenia en la comunidad de madrid y ahora la han cambiado a la comunidad de castilla y león quiero decir que el sueldo sigue siendo el mismo me han tocadado en los plus aunque mi trabajo es el mismo y yo sigo saliendo fuera de mi comunidad a trabajar es decir que lo único que nos han cambiado asido la monina sin avisar de un día para otro, decir que en mi empresa no hay comité ni nada de nada es una empresa con 5 trabajadores

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A no ser que en el contrato de trabajo hayas firmado una clausula donde se especifique la posibilidad de modificar las condiciones contractuales dependiendo de la comunidad autónoma donde se encuentre ubicado el centro de trabajo, la empresa tiene que atenerse a lo pactado en el contrato de trabajo independientemente de que después de firmar dicho contrato de trabajo te traslade a otro centro de trabajo situado en otra comunidad autónoma.. Por lo tanto la empresa no te puede tocar la nomina de forma unilateral sin darte ningún tipo de explicación y sin comunicarlo con antelación y por escrito porque la reducción salarial es considerada como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo condiciones que perjudican de forma muy significativa, los intereses de loa trabajadores afectados por dicha modificación, razón por lo que la empresa no te puede modificar las condiciones de trabajo si no es por causas económicas tetánicas organizativas y de producción relacionadas con la productividad y competitividad cuya finalidad este orientada a mejorar la situación de la empresa y evitar el despido de los trabajadores y para ello tiene que notificarlo por escrito con 15 días de antelación a la fecha de efectividad tanto al trabajador como a sus representantes si los hubiera en la empresa ademas en la carta tiene que explicar las causas que obligan a la empresa a tomarla esa decisión, a partir de la comunicación de la decisión empresarial y antes de que se haga efectiva la modificación se tiene que notificar a la empresa si se acepta dicha modificación o si se opta por la extinción del contrato de trabajo ya que la modificación es perjudicial para los interés del trabajador afectado.. La indemnización por la extinción voluntaria del contrato de trabajo es de 20 días por año con un tope de 9 mensualidades. Pero si no estas de acuerdo o si crees que la modificación obedece a otra causa totalmente diferente a la causa alegada por la empresa puedes demandar a la empresa ante el juzgado de lo social por imponer una modificación sin ajustarse a derecho, de forma que te vuelvan a reponer en las condiciones salariales que tenias antes de la modificación, pero teniendo en cuenta que hasta que no se resuelva la demanda tendrás que aceptar la modificación impuesta por la empresa y seguir acudiendo a tu puesto de trabajo.. Por lo tanto lo que a echo la empresa es totalmente ilegal, por lo que deberías de ponerte en contacto con un sindicato o a un abogado de oficio para que emprenda contra la empresa las acciones legales que considere oportunas, siempre que tu estés de acuerdo en emprender dichas acciones porque eso es algo que tienes que decidir tu mismo..

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